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Nicaragua | La Asamblea Nacional aprueba la creación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEN)

La Ventanilla Única de Comercio Exterior pretende facilitar y simplificar la gestión de trámites de comercio exterior mediante una plataforma tecnológica en la que se concentren diversos trámites requeridos para la exportación e importación de mercancías. Los documentos de exportación que ya hayan sido autorizados por CETREX antes de la entrada en vigor de las nuevas normas, seguirán vigentes.

La Asamblea Nacional aprobó la creación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEN) mediante la Ley N° 1147 y su Reglamento, publicados en las Gacetas (Diario Oficial) No. 59 del 30 de marzo y 60 del 31 de marzo de 2023.

El objetivo de la VUCEN es proporcionar una herramienta de facilitación y simplificación de la gestión de trámites del comercio exterior, concentrando mediante una plataforma tecnológica, las gestiones de solicitudes de permisos pre aduanales de importación, documentos de exportación, trámites portuarios y otros documentos requeridos para la exportación o importación, autorizados por las instituciones correspondientes.

El artículo 11 de la Ley N° 1147 establece las tasas que se deberán pagar por el uso de los servicios de la VUCEN:

Trámite o servicio

Pesos centroamericanos

Servicio de trámite de exportación según valor FOB de factura.

10.00 – 45.00

Reposición de documentos de exportación VUCEN.

15.00

Rectificación de documentos de exportación VUCEN.

5.00

Uso de plataforma tecnológica VUCEN, por gestión de permisos pre aduanales de importación, documentos de exportación VUCEN y trámites portuarios.

5.00

Las tasas se encuentran en pesos centroamericanos por lo que se deberá realizar la conversión a la moneda nacional conforme el tipo de cambio oficial del Banco Central de Nicaragua (BNC), sin perjuicio de otras tasas que las instituciones que integran la plataforma pueden agregar. Un peso centroamericano equivale a un dólar de Estados Unidos de América.

Tanto la Ley N° 1147 como su Reglamento han entrado en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta. Los documentos de exportación que ya hayan sido autorizados por CETREX antes de la entrada en vigor de las nuevas normas, seguirán vigentes. 

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