El 19 de junio de 2023 se publicaron en La Gaceta reformas al reglamento de la ley de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
Las reformas están dirigidas principalmente a Abogados, Notarios y Contadores Públicos, en su carácter de sujetos obligados en la detección y prevención del LA/TF/FP y se refieren a :
· El Poder Judicial será el órgano responsable de remitir a la Unidad de Análisis financiero (UAF) la información de prevención, detección y reportes de actividades vinculadas al LA/FT/FP; en poder de los Abogados y Notarios Públicos.
· El Poder Judicial tendrá la obligación de resguardar la seguridad, confidencialidad, manejo, almacenamiento, y protección de la información recibida y transmitida por los sujetos obligados bajo su regulación y supervisión.
· El Poder Judicial y el Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua contarán con sus respectivas bases de datos en las que registrarán a los sujetos obligados bajo su regulación y supervisión.
· Atribuir al Poder Judicial y al Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua la emisión de certificados de inscripción que den constancia que los sujetos obligados bajo su regulación y supervisión están inscritos en sus respectivos registros.
· Se faculta a realizar supervisiones que puede conllevar a un proceso administrativo sancionador.
· Imposición de nuevas sanciones administrativas: Amonestación, separación temporal o definitiva del cargo de oficial de cumplimiento, cierre definitivo de las operaciones del sujeto obligado, cancelación temporal o definitiva de la inscripción en el registro de sujetos obligados.
· En caso de reincidencia por una infracción muy grave la UAF procederá con el cierre definitivo de operaciones del sujeto obligado y la cancelación de su registro.
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