Por medio de Acuerdo Ministerial N° 010-2022, “Adenda al Acuerdo Ministerial N° 009-2016”, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la República de Nicaragua añadió a la lista taxativa de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) un nuevo bien, con el objetivo de “contribuir a la accesibilidad de medicamentos a bajos costos para la población”, teniendo en cuenta que “es necesario adicionar bienes a las listas taxativas correspondientes a las materias primas necesarias para la elaboración de estos”, según se lee en el Considerando de dicho Acuerdo Ministerial.
En este sentido, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público acordó adicionar el “Voriconazol” a la lista de insumos, materias primas, maquinarias, equipos y repuestos necesarios para la elaboración de los productos del numeral 2 del artículo 127 de la Ley de Concertación Tributaria, comprendidos en el Listado “B” de bienes a exonerar del IVA utilizados para la elaboración de los productos finales enlistados en el artículo antes citado.
Esta reforma fue publicada, de igual manera, en La Gaceta, Diario Oficial N° 115, el 23 de junio del 2022.