Como parte del fortalecimiento del uso del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, la DGI consideró necesario establecer una fecha de vencimiento para las certificaciones de excepción de uso de equipo fiscal que han sido otorgadas, pero que no cuentan con fecha de expiración.
En ese sentido, se establece el 01 de marzo de 2024 como la fecha de vencimiento de las certificaciones de excepción de uso de equipo fiscal que no cuenten con fecha de expiración.
Los contribuyentes poseedores de una certificación de excepción de uso de equipo fiscal otorgada por la DGI deberán migrar al Sistema de Facturación Electrónica de la República de Panamá una vez expire dicha certificación.
Mediante Resolución No. 201-0418 de 18 de enero de 2024, la Dirección General de Ingresos (DGI) estableció como fecha de vencimiento de las certificaciones de excepción de uso de equipo fiscal que han sido otorgadas, pero no cuentan con fecha de expiración, el día 01 de marzo de 2024.
Cabe destacar que las certificaciones de excepción de uso de equipo fiscal sobre el cual versa la decisión fueron originalmente otorgadas al amparo de la Ley No. 76 de 22 de diciembre de 1976, que contiene disposiciones referentes a los sistemas de facturación en la República de Panamá.
Adicionalmente, aquellos contribuyentes poseedores de una certificación de excepción de uso de equipo fiscal otorgada por la DGI deberán migrar al Sistema de Facturación Electrónica de la República de Panamá una vez expire dicha certificación.
Esta medida, fue tomada conforme lo previsto en el artículo 11 de la Ley No. 76 de 1976, que establece la obligatoriedad de expedición de factura o de documento equivalente para acreditar toda operación relativa a transferencia, venta de bienes y prestación de servicios por parte de las personas residentes en la República de Panamá, cualquiera sea la forma en que se perfeccione la transferencia, la venta de bienes o la prestación de servicios, la forma de pago, así como la nacionalidad de las partes.