El 19 de julio de 2022, se publicó en la Gaceta Oficial la Resolución N° 201-4393, de 21 de junio de 2022, a través de la cual se estableció inicialmente el 31 de julio de 2022, a más tardar, como plazo para la actualización de todos los campos obligatorios relativos al RUC.
Esta obligación surge de lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 76, de 22 de diciembre de 1976, en concordancia con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Tributario, que prevé la obligación del contribuyente de actualizar cualquier cambio en la información que se aportó al momento del registro ante la Administración Tributaria.
Ahora bien, siendo que el plazo para la actualización antes referida está próximo a cumplirse, la Administración Tributaria decidió modificar el plazo otorgado a través de la Resolución N° 201-5297, de 21 de julio de 2022, con el fin de brindar más tiempo a los contribuyentes para que realicen esta actualización.
En ese sentido, se extiende el plazo establecido mediante la Resolución N° 201-4393 de 21 de junio de 2022, para la actualización del RUC, a más tardar el 31 de agosto de 2022.
Esta Resolución empieza a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
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