El Anteproyecto de Ley contiene las características, resultados de optimización, contingencias y plazos para la entrada del Sistema Fiscal de Facturación Electrónica, así como las facilidades fiscales que le serán otorgadas a los contribuyentes.
El 13 de septiembre del año 2022, el Subconsultor Jurídico del Poder Ejecutivo entregó el Anteproyecto de Ley de Facturación Electrónica (FE) al presidente del Senado de la República Dominicana (RD). Este Anteproyecto tiene como objeto regular el uso obligatorio de la FE en la RD, así como instaurar el sistema fiscal de FE, sus características, resultados de optimización, contingencias, plazos de entrada y las facilidades fiscales que le serán otorgadas a los contribuyentes que se acojan a este sistema.
Lo dispuesto en este Anteproyecto de Ley alcanza a personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y a los entes sin personalidad jurídica, domiciliados en la RD, que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación y locación de servicios a título oneroso o gratuito. Las transacciones que no se encuentran sujetas a la emisión de comprobantes fiscales ordinarios, no estarán sujetas a las disposiciones de la Ley.
Para efectos del Anteproyecto de Ley, se denomina FE a un documento que registra la existencia, magnitud y cuantificación de hechos o actos jurídicos de contenido económico, financiero o patrimonial, que se emite, valida y se almacena en forma electrónica y que cumple en todas las situaciones y ante todos los actores con los mismos propósitos que una factura en papel, tanto para los emisores y receptores como para terceros interesados.
El uso de la FE será obligatorio a partir de la publicación de la ley. La misma, tendrá validez, eficacia y fuerza probatoria en todas las situaciones para las que aplique y ante todos los actores del proceso, ya sea en los ámbitos: comercial, civil, financiero, logístico y tributario, o cualquier otro, siempre que cumpla con los requisitos de autenticidad, integridad y legibilidad.
- Sistema Fiscal de Facturación Electrónica
Se prevé implementar el Sistema Fiscal Nacional de FE, administrado por la Dirección General de Ingresos Internos (DGII). Tendrá carácter obligatorio y alcance general para todos los contribuyentes y responsables con obligaciones tributarias.
A través de este Sistema se validarán y acreditarán todos los comprobantes fiscales electrónicos que resulten de las facturas electrónicas emitidas en el país, así como aquellas formas jurídicas o documentos tributarios electrónicos que les modifiquen y que sirvan de respaldo para sustentar gastos y créditos fiscales.
- Plazos y calendario de obligatoriedad
De aprobarse, los contribuyentes obligados a emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), deberán cumplir con dicha obligación dependiendo de su tamaño, a saber: