El aviso aclara el umbral para la presentación del Reporte País por País (Country-by-Country o CbCR por sus siglas en inglés) en
la República Dominicana.
El 05 de octubre del 2021, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dio a conocer la norma general 08-2021 sobre el Reporte País por País. Asimismo, el 22 de junio de 2022, la DGII publicó el aviso 18-22, el cual establece el umbral para la presentación del Reporte País por País.
En octubre de 2018, la República Dominicana se adhirió al Marco Inclusivo del Proyecto contra la Erosión de la Base Imposible y el Traslado de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Mediante la adhesión al Marco Inclusivo, se comprometió a adoptar los estándares mínimos de BEPS en materia de transparencia tributaria, siendo uno de ellos la implementación de la Acción 13 (reporte maestro, reporte local y CbCR).
- Principales implicaciones
El requerimiento de presentación en la República Dominicana será aplicado en línea con las Directrices para la elaboración y presentación del Reporte País por País contenidas en la Acción 13 BEPS, emitidas por la OCDE, en relación con las fluctuaciones cambiarias.
El aviso establece que el umbral para la presentación del Reporte País por País es de 750 millones de euros o un importe equivalente en la moneda nacional, según el tipo de cambio de enero de 2015, siempre que la jurisdicción donde se encuentre la sociedad matriz última haya fijado un umbral para la presentación del Reporte País por País cuasi equivalente a 750 millones de euros en moneda nacional según el tipo de cambio vigente en enero de 2015.
Un grupo multinacional que no sobrepase este umbral local no estará obligado a la presentación local del Reporte País por País en ninguna otra jurisdicción que utilice un umbral denominado en una moneda diferente.
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