La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, incluyó la obligación de contar con un Plan de Igualdad para las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores.
En este sentido, el Ministerio del Trabajo (MT), mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024, expidió las Directrices para el Registro de los Planes de Igualdad, estableciendo un plazo de registro que fue ampliado en algunas ocasiones.
Actualmente, el MT ha establecido el 31 de diciembre de 2025 como fecha límite para el registro de dichos Planes de Igualdad, señalado que concluido este plazo procederá con el proceso de control y sanción en caso de no dar cumplimiento a la obligación.