El 07 de setiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, el acuerdo tomado en sesión N°9275 por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
La Base Mínima Contributiva (BMC) consiste en el salario base que se utiliza para calcular las contribuciones al seguro de salud y al seguro de pensiones.
Previo a la reforma referida en el primer párrafo, los trabajadores con jornadas parciales debían cotizar como si tuviesen una jornada completa y, para realizar ese cálculo, se utilizaba como base un salario de ₡307.000. Sin embargo, con esta reforma, a partir del período 2023 los patronos tendrán la posibilidad de calcular las contribuciones para la seguridad social con una base mínima contributiva reducida, la cual se fijó en ₡153.500.
Se acordó que, para el Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), a los patronos del sector privado que reportan trabajadores que laboran jornadas parciales y con salarios mensuales inferiores a esta BMC, la aplicación se hará de manera escalonada, según se indica:
• A partir del 1 de enero de 2023, se aplicará a los trabajadores asalariados menores de 35 años.
• A partir del 1 de enero de 2024, se aplicará a los trabajadores asalariados menores de 50 años.
• A partir del 1 de enero de 2025, se aplicará a todos los trabajadores asalariados, independientemente de su edad.
En cuanto al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), a partir del 1 de enero de 2023, los patronos del sector privado que registren en sus planillas trabajadores con jornadas parciales y salarios mensuales inferiores a la BMC, contribuirán sobre los siguientes porcentajes según corresponda al monto más próximo del salario reportado al trabajador: