30 oct. 2023
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Nuevos impuestos saludables: todo lo que debes saber a partir de noviembre de 2023 en Colombia

Por EY Colombia

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales

30 oct. 2023

Colombia impone impuestos saludables a bebidas y alimentos procesados desde noviembre de 2023.

En resumen:

  • Estos impuestos están diseñados para gravar bebidas con alto contenido de azúcar y alimentos altamente procesados que contienen cantidades significativas de sodio, grasas o azúcar.
  • Los impuestos deben causarse en la producción, venta, retiro de inventario o importación, y deben pagarse según un calendario específico. 

E
n los últimos años, se ha observado una tendencia mundial de implementar impuestos saludables por parte de los gobiernos.

Estos impuestos se aplican a las bebidas que posean un alto contenido de azúcar, así como a los alimentos ultra procesados que contienen adiciones significativas de sodio, grasa o azúcar, esta iniciativa ha sido respaldada de manera generalizada en los países en los que se ha instaurado, fundamentándose en argumentos relacionados con la salud pública.

Así las cosas, a través de la Ley 2277 de diciembre de 2023, Colombia estableció dos tipos de impuestos saludables, los cuales entrarán en vigor a partir del 1 de noviembre de 2023 en nuestro sistema tributario:

Veamos cómo a partir de noviembre estos dos tipos de impuestos se aplicarían:  

1. ¿Qué tipo de productos se ven afectados por este impuesto?

El hecho generador de este impuesto incluye la producción, venta, retiro de inventarios o cualquier acto que implique transferencia de dominio, así como la importación de bebidas ultra procesadas azucaradas y productos comestibles ultra procesados industriales que contengan alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.

2. ¿Quiénes deben presentar y pagar este nuevo impuesto?

El responsable o sujeto pasivo de este impuesto son los productores y/o importadores de los productos mencionados anteriormente, así como las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos, derivados de la venta de estos productos superiores a 10.000 UVT ($42.412.000) en el año anterior o durante el año en curso.

Adicionalmente, con relación a cada uno de los impuestos, las compañías deben llevar a cabo una evaluación para determinar si sus productos se encuentran dentro de alguna de estas dos categorías y si cumplen con las condiciones necesarias para ser sujetos de estos impuestos.

Esto implica aplicar fórmulas con respecto a la tabla nutricional, analizar las partidas arancelarias correspondientes y desarrollar una revisión sistemática de los incisos y excepciones estipulados en cada uno de los impuestos.

3. ¿Cuál es el valor a pagar y su periodicidad?

La base gravable y tarifa para el impuesto a los productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodios o grasas saturadas son las siguientes: 

Para el caso del impuesto a las bebidas ultra procesadas azucaradas, la base gravable se determina en función del contenido en gramos por cada 100 ml de bebida o equivalente.

Además, se establece una tarifa progresiva entre 2023 a 2025, según la cantidad de gramos de azúcar añadido de la siguiente manera: 

Año Cantidad de gramos de azúcar añadido
2023 -6g $0 // ≥ 6g y- 10G $18 // ≥ 10g $35
2024 -6g $0 // ≥ 6g y -10G $28 // ≥ 10g $55
2025 -5g $0 // ≥ 5g y -9G $38 // ≥ 9g $65

El periodo gravable para estos impuestos será bimestral. El plazo para efectuar el pago de los impuestos correspondientes al bimestre de noviembre-diciembre de 2023 se extenderá del 10 al 23 de enero de 2024, de acuerdo con el último dígito del NIT.

4. ¿Cuándo y cómo se deben registrar y pagar estos dos impuestos?

Estos dos impuestos deberán causarse a partir del 1 de noviembre de 2023, en el momento de la producción, venta/ retiro de inventario o transferencia a título gratuito u oneroso que realice el productor, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente. En las importaciones, al tiempo de la nacionalización del bien.

5. Cómo cumplir con el deber formal de declarar

A la fecha a Autoridad Tributaria sólo ha publicado un proyecto de resolución, a través del cual busca prescribir el Formulario 505 – Impuestos a la importación de bebidas ultra procesadas azucaradas y productos comestibles ultra procesados.

Asimismo, se ha propuesto el Formulario 690 V9 – Recibo oficial de pago tributos aduaneros y sanciones cambiarias, y del cual destacamos lo siguiente:

6. Otros Aspectos

Estos impuestos deberían ser discriminados en las facturas de venta, no generan impuestos descontables del IVA, pero los compradores pueden considerarlos como un mayor valor del costo. Adicionalmente, la DIAN ha emitido tres conceptos diferentes en relación con los impuestos saludables, que principalmente han hecho alusión sobre los ingredientes críticos y el tratamiento en zonas francas.

Al igual que ha sucedido con otros impuestos, los denominados impuestos saludables tienen muchos desafíos desde la determinación de la sujeción a los mismos, pasando como la determinación de una metodología para determinar la base y la posterior presentación de la declaración bimestral.

Resumen

Colombia adopta impuestos a partir de noviembre de 2023 dirigidos a bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados con el objetivo de mejorar la salud pública. Los impuestos se aplican a productores, importadores y personas con ingresos relevantes, con tarifas progresivas. No son descontables en el IVA y deben ser desglosados en las facturas de venta. Esta medida busca abordar los efectos negativos para la salud de estos productos.

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Por EY Colombia

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