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Inicio de funciones del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de justicia administrativa

El 26 de enero de 2024 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, la cual ofrece un medio para conciliar y consensar acuerdos entre los contribuyentes y las autoridades fiscales, aun y cuando exista un crédito fiscal impugnado ante los tribunales correspondientes.

Dicha Ley pone a disposición de los contribuyentes los llamados Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), que son procedimientos no jurisdiccionales que buscan propiciar el consenso entre los contribuyentes y la autoridad fiscal, de manera voluntaria, pacífica y benéfica, a través de concesiones recíprocas, en una controversia o conflicto presente o futura.

Los MASC se caracterizan por:

  • Ser expeditos.
  • Permitir que las partes se involucren en la solución de sus propios conflictos.
  • Confidencialidad.
  • Contar con un facilitador imparcial, ajeno a las partes y sus intereses.

Para iniciar funciones, el MASC estaba sujeto a adecuaciones a diversas disposiciones, entre ellas, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, misma que se reformó y dio paso al acuerdo G/JGS/42/2025 del 30 de septiembre de 2025, a través del cual se informa el inicio de sus funciones a partir del 1 de octubre de 2025.

Al estar ya en funciones el Centro Público del MASC, los solicitantes contarán con una nueva vía para la solución de conflictos de una forma expedita y accesible por medio de acuerdos con efectos jurídicos, a través de los mecanismos que la propia ley señala, aun y cuando ya exista un medio de defensa interpuesto, siendo esto último lo novedoso y de mayor beneficio de esta nueva vía.

El procedimiento del MASC se caracteriza por su corta duración, toda vez que la suspensión del juicio puede ser decretada por un plazo máximo de tres meses, con la posibilidad de una única extensión de hasta tres meses adicionales. Durante ese tiempo, la participación de un tercero, en calidad de facilitador, se vuelve fundamental para mediar entre las partes y buscar un consenso, considerando que el juicio quedará suspendido, permitiendo que las partes tengan la oportunidad de resolver su conflicto.

Es recomendable que aquellos contribuyentes que se encuentren con créditos fiscales impugnados, ya sea mediante recurso de revocación o juicio de nulidad, evalúen la conveniencia de acudir al procedimiento del MASC, que entre otros beneficios, busca evitar juicios prolongados, costos derivados de dichos juicios, como es el otorgamiento de garantías, y principalmente que lo convenido en dicho procedimiento con la autoridad será elevado a cosa juzgada, siendo así un medio eficaz en la solución de controversias fiscales que además otorgue mayor certeza jurídica para las partes.

Para más información sobre este comunicado, así como la posibilidad de implementar los denominados MASC, por favor contactar a los siguientes profesionales: 

Jorge Libreros

Manuel González

Luis Carrillo

Oscar Echenique

Juan Pablo Lemmen-Meyer

Francisco De Alba

Cristina Carrasco

Mariana Covarrubias

Xóchitl Escobedo

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