Boletín de prensa

15 abr. 2019 Lima, PE

Todo lo que tienes que saber sobre el teletrabajo

El teletrabajo es una nueva modalidad de trabajo, el cual consiste en la prestación de servicios a distancia por parte de un trabajador. Conoce toda su regulación en el siguiente artículo..

Contacto para prensa
EY Perú

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales

Temas relacionados Talento Pagos

Debido a la naturaleza del teletrabajo, a este grupo de trabajadores no les será aplicable los beneficios supeditados a la asistencia al centro de trabajo, tales como bono por asistencia, bono por puntualidad, entre otros que otorgue el empleador.
Los tele trabajadores también podrán ser calificados como personal no sujeto a fiscalización inmediata – es decir, excluido de la jornada máxima legal – aplicándose para tal efecto las disposiciones previstas para la modalidad ordinaria de prestación de servicios.

De acuerdo con una encuesta realizada a 3656 empresas en Lima, por la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral (DISEL) del MTPE, en el año 2016 se registraron a 648 trabajadores contratados bajo la modalidad del teletrabajo. Este consiste en la prestación de servicios a distancia, por parte de un trabajador denominado “tele trabajador”, a través de medios informáticos y de telecomunicaciones que son direccionados y controlados por el empleador.

“Nos encontramos en un contexto en el que las tecnologías de la información y telecomunicaciones inciden a mayor escala en el marco de las relaciones laborales, por tanto la opción del teletrabajo se presenta como una alternativa viable para las empresas que buscan reducir ciertos costos y prestan servicios que pueden ser desarrollados por esta modalidad. En ella, la relación laboral es la misma, pero el trabajo se realiza de forma remota”, señaló Miguel Rubio, Gerente Senior del Área Laboral de EY Perú.

Para entender de manera concreta en qué consiste esta nueva modalidad de trabajo, la cual se encuentra ya regulada por la Ley N° 30036 y por su reglamento, EY Perú preparó la siguiente información:  

  • ¿Cuáles son las ventajas y las desventajas para el empleador? Esta modalidad supone un aumento en la productividad de los trabajadores – pues, en principio, existe una correspondencia entre carga laboral y vida familiar – así como un menor costo para el empleador pues reduce los gastos en los que regularmente incurre en cuanto a oficinas, implementos fijos, costos fijos, entre otros. Asimismo, es una modalidad que permitiría al empleador la contratación de personas con discapacidad, a quienes se les dificulte asistir al centro de trabajo.
    En cuanto a las desventajas, es posible que esta modalidad genere inconvenientes en cuanto a la supervisión y fiscalización de las labores por parte del trabajador pues estas facultades se ejercen a través de medios digitales o informáticos.
  • ¿Cuáles son las ventajas y las desventajas para el trabajador? La principal ventaja radica en que le permite conciliar la vida personal/familiar con las responsabilidades laborales, pues le otorga flexibilidad en el manejo de su tiempo y lugar de trabajo. Asimismo, esta modalidad supone un ahorro en cuanto a los gastos de transporte, alimentación, entre otros que incurra regularmente cuando asiste a su centro de labores. 
    La desventaja de esta modalidad para el trabajador radica en la falta de comunicación con el entorno laboral y, en ciertos casos, la ausencia de una jornada de trabajo específica. El desarrollo de labores en el ámbito familiar, también podría generar un ambiente poco idóneo para que ejecute sus funciones adecuadamente.
  • ¿Generará una disminución en los sueldos de los tele trabajadores? No debería. Esto debido a que la norma que regula esta modalidad es clara en establecer que los tele trabajadores tienen los mismos derechos y beneficios que los trabajadores convencionales. Sin embargo, es importante precisar que, debido a la naturaleza del teletrabajo, a este grupo de trabajadores no les será aplicable los beneficios supeditados a la asistencia al centro de trabajo, tales como bono por asistencia, bono por puntualidad, entre otros que otorgue el empleador.
  • ¿Los tele trabajadores estarán sujetos a una fiscalización por horas de trabajo? En principio, la norma es clara en establecer que los trabajadores contratados bajo esta modalidad se encuentran sujetos a la jornada ordinaria de trabajo prevista legalmente. Además, es posible que los tele trabajadores se encuentren sujetos a jornada a tiempo parcial o media jornada, en la medida que sean trabajadores sujetos a fiscalización inmediata. Sin perjuicio de lo señalado, es importante resaltar que los tele trabajadores también podrán ser calificados como personal no sujeto a fiscalización inmediata – es decir, excluido de la jornada máxima legal – aplicándose para tal efecto las disposiciones previstas para la modalidad ordinaria de prestación de servicios.

Finalmente, el experto en la materia señala que: “los tipos de trabajos que se proyectan para ser desarrollados por teletrabajo son operadores de teléfono, atención al cliente o reclamos, call-center o quienes brindar información al público, trabajadores que realizan ventas por canales virtuales o aquellos cuyas funciones se vinculan con las tecnologías de información y comunicaciones. Asimismo, para que dicho trabajo sea desarrollado de forma exitosa, será necesario que los trabajadores sean evaluados por el éxito de proyectos, iniciativas y cumplimiento de objetivos”, enfatiza Miguel Rubio.

- Fin -