Lo que debes saber sobre la nueva Ley del Sector Agrario

La Ley No. 31110 sobre el Régimen Agrario replantea las obligaciones y concesiones de empresas y trabajadores del sector agroindustrial.

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l jueves 31 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No. 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial. En este artículo detallaremos el alcance e impacto laboral y tributario de la misma.

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Consideraciones sobre los

Aspectos laborales

en la nueva Ley del Sector Agrario

La nueva Ley para el Sector Agrario (N°31110), Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial genera nuevos cambios a la normativa previa; dentro de los puntos que se modifican encontramos la Jornada, Remuneración, Vacaciones, Bonificaciones, Participación en utilidades, Seguros, entre otros.

A continuación, se detallan cada uno de los puntos considerados en la nueva norma:


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Consideraciones sobre los

Aspectos tributarios

en la nueva Ley del Sector Agrario

Alcances de la Ley  

  • Personas naturales o jurídicas que desarrollen cultivos y/o crianzas.
  • Personas naturales o jurídicas que realicen actividad agroindustrial, siempre que utilicen principalmente productos agropecuarios, fuera de la provincia de Lima y Callao (no incluye las actividades relacionadas con trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza). Mediante Decreto Supremo se determina las actividades agroindustriales comprendidas.
  • Productores agrarios con exclusión de aquellos organizados en asociaciones de productores, siempre que cada asociado no supere 5 hectáreas de producción.
  • No se incluye al personal de las áreas administrativas y de soporte técnico de las empresas.

Beneficios tributarios   

  • Para las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable: La tasa del 15% aplicará desde 2021 hasta 2030.
  • Para las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable se establece una reducción gradual del beneficio de la tasa reducida del Impuesto a la Renta corporativo:      

Período

Tasa

2021-2022

15%

2023-2024

20%

2025-2027

25%

2028 en adelante

Régimen general

  • Para efectos de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), en el caso del “sistema de porcentaje”, mientras aplique la tasa del IR corporativo de 15%, el porcentaje será de 0.8% sobre los ingresos netos del mes; será de 1% para la tasa del 20%, de 1.3% para la tasa del 25% y de 1.5% para la tasa del régimen general.
  • Aplica el beneficio de depreciación acelerada (20% anual) respecto a las inversiones en infraestructura hidráulica y de riego.
  • Aplica la recuperación anticipada del IGV, conforme al Decreto Legislativo No.973.
  • Los beneficios tributarios aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2025 (salvo la gradualidad de tasas indicada).
  • Las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable, tienen derecho a crédito tributario del 10% de la reinversión de hasta el 70% del monto de las utilidades anuales, luego del pago del impuesto a la renta, durante el periodo del 2021 al 2030. La reinversión debe priorizar en la medida de lo posible el fortalecimiento de la agricultura mediante la implementación de sistema de riego tecnificado.
  • Aplica la deducción de gastos sustentados en boletas de venta y tickets otorgados por contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado, hasta el 10% de los montos acreditados mediante comprobantes de pago que otorgan derecho a deducir costo o gasto (con un tope de 200 UIT en el ejercicio).  

Resumen

La nueva Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial), publicada el jueves 31 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial El Peruano genera cambios a la normativa previa y modifica aspectos Laborales y Tributarios de consideración para toda empresa del sector.
 

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