El día 23 de enero de 2024, y como fuera anunciado, el gobierno dio a conocer el contenido de uno de los componentes fundamentales del denominado “Pacto Fiscal”, consistente en optimizar el cumplimiento tributario de los contribuyentes con miras a disminuir las cifras de evasión y elusión, y aumentar la recaudación (sólo en razón de este componente) en un 1,5% del PIB.
Las medidas se condicen en su totalidad con aquéllas que ya se habían ido anunciando en medio de las negociaciones con partidos políticos y entidades gremiales, restando únicamente la presentación del proyecto de ley respectivo que sería presentado antes de marzo (momento en que sería presentado el proyecto de impuesto a la renta).
De este modo, los ejes temáticos del pilar “Cumplimiento de Obligaciones Tributarias” serían los siguientes:
1. Modernización de la Administración Tributaria y los Tribunales Tributarios y Aduaneros
· Flexibilización del secreto bancario. Ello consistiría en que, en caso de que el SII pretenda acceder a la información bancaria de un contribuyente, quien deberá accionar el aparato judicial, en caso de oposición, será el contribuyente y no el SII.
· Procedimiento y notificación electrónicos. Se homologarían los procedimientos judiciales aduaneros y tributarios a este último, estableciendo el expediente y la notificación electrónica como regla general en todos ellos.
· Ampliación de la conciliación judicial. Se incrementarían las hipótesis en que el contribuyente y el SII pueden conciliar en juicio, incluyendo, por ejemplo, cuestiones relativas a la norma general antielusiva (hoy prohibidas como materia de conciliación).
2. Control de la informalidad
· Exigencia de inicio de actividades. Los proveedores de POS, y plataformas digitales que permitan la venta de bienes o servicios de terceros y organismos públicos, deberán exigir inicio de actividades a sus clientes para operar.
· Obligación de informar transferencias numerosas. Las instituciones financieras deberán informar al SII cuando una persona reciba, dentro de un mes, más de 50 transferencias desde distintas cuentas.
3. Delitos Tributarios
· Denunciante anónimo. Se incorporará la figura del denunciante anónimo de delitos tributarios, incluyendo garantías y sanciones para denuncias falsas o dolosas.
· Aumento de sanciones. Por ejemplo, se extenderá la categoría de delito a aquél que facilite el transporte de bienes que no han cumplido con sus obligaciones tributarias, y se aumentan las sanciones para quienes faciliten o utilicen documentos tributarios falsos.
4. Planificación Tributaria agresiva
· Aplicación administrativa de la Norma General Antielusiva (NGA). No hará falta autorización judicial para que el SII pueda aplicar la norma, pero se establecería la existencia de un comité experto (constituido no sólo por miembros del SII) de carácter no vinculante para pronunciarse sobre la existencia o no de elusión en el caso concreto. Asimismo, se modificaría el principio de especialidad (que no permite aplicar la NGA cuando existiere una norma especial contra la elusión).
· Eliminación de espacios de planificación tributaria. La minuta entregada por el gobierno se refiere al ámbito de “donaciones efectuadas a relacionados”.
5. Nuevas Facultades Defensoría del Contribuyente (DEDECON)
· Entre ellas:
o Realización de acciones de educación y difusión sobre cumplimiento tributario.
o Acceso a información tributaria para llevar a cabo sus funciones.
o Posibilidad de representar a contribuyentes antes Aduanas y Tesorerías (hoy sólo lo hace respecto del SII).
6. Regularización de obligaciones tributarias
· Convenios de pago. Las pymes tendrán mayor flexibilidad para acceder a convenios de pago con Tesorería, incluyendo la posibilidad de que no generen interés moratorio.
· Modificación cálculo tasa de interés. Se espera (según se había anunciado previamente por el gobierno) a rebajar la tasa actual de 1,5% mensual.
· Incobrables y prescripción de deudas tributarias. Se flexibiliza el procedimiento para que la Tesorería General de la República pueda castigar deudas impagas, así como declarar su prescripción.
· Nueva norma transitoria de repatriación de capitales. Se establecería una nueva amnistía tributaria para capitales y rentas no declarados, previo pago de un impuesto.
· Término anticipado juicios tributarios. Se establecería la posibilidad de desistirse de juicios tributarios pendientes con ventajas en condonación de intereses y multas.
7. Fortalecimiento institucional y probidad
· Fortalecimiento digital y tecnológico en el SII, Aduanas y Tesorerías.
· Se incorporan normas sobre movilidad y retención del personal de Aduanas, Tesorería, SII y DEDECON.
· Se incluyen normas que refuerzan la probidad e incorporan sanciones por su incumplimiento a los funcionarios de la administración tributaria y de los Tribunales Tributarios y Aduaneros