El año 2023 comenzó con una buena noticia para el ecosistema financiero y tecnológico, y es que finalmente fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.521 que Promueve la Competencia e Inclusión Financiera a través de la Innovación y Tecnología en la Prestación de Servicios Financieros, Ley Fintec (“Ley Fintech”).
A continuación, sintetizaremos brevemente y bajo un formato de preguntas y respuestas, cuáles son los principales contenidos de la nueva normativa, así como los plazos establecidos en la misma ley respecto a la entrada en vigor de sus diferentes disposiciones:
1. ¿Cuál es el objetivo de la Ley Fintech?
La finalidad general de esta normativa es promover la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros.
Para esto, la Ley Fintech establece una serie de principios que infunden la regulación propuesta, como son (i) inclusión e innovación financiera; (ii) promoción de la competencia; (iii) protección al cliente financiero (sea de bancos, compañías de seguros, cooperativas, cajas de compensación, administradoras generales de fondos, entre otras instituciones financieras); (iv) adecuado resguardo de los datos tratados; (v) preservación de la integridad y estabilidad financiera y (vi) prevención del lavado de activos y financiamiento del narcotráfico y del terrorismo.
2. ¿Qué regula en concreto la Ley Fintech?
La Ley Fintech regula principalmente dos mundos diferentes pero relacionados entre sí, como lo son (a) los servicios Fintech propiamente tales, así como (b) un sistema de finanzas abiertas u “open finance”, según veremos más adelante.
3. ¿Cuáles son los servicios Fintech que regula la Ley Fintech?
La Ley Fintech regula taxativamente los siguientes servicios financieros basados en tecnología:
- Plataformas de financiamiento colectivo (crowfunding).
- Sistemas alternativos de transacción.
- Asesoría crediticia y de inversión.
- Custodia de instrumentos financieros.
- Enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros.
4. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las entidades que presten servicios Fintech?
Las entidades que presten servicios financieros basados en tecnología deben estar registradas en el Registros de Proveedores de Servicios Financieros que creará la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), además de contar con la autorización que al efecto debe otorgar esta misma institución.
Es importante señalar que estos servicios serán fiscalizados por la CMF, quien además podrá dictar normas de carácter general que regulen, de forma adicional a las medidas establecidas en la Ley Fintech, las operaciones de estas entidades.
Dicho lo anterior, las siguientes condiciones corresponden a las que deben cumplir las entidades que presten servicios Fintech, entre otras, si bien la exigencia en el cumplimiento de cada una de ellas dependerá del tipo de servicio Fintech de que se trate:
- Tener giro exclusivo (sociedades extranjeras deben tener domicilio en Chile).
- Obligaciones de información a los clientes financieros (sea de bancos, compañías de seguros, cooperativas, cajas de compensación, administradoras generales de fondos, entre otras instituciones financieras).
- Obligaciones de gobierno corporativo y gestión de riesgos.
- Capacidad operacional.
- Constitución de garantías (incluyendo seguros).
- Contar con un patrimonio mínimo permanente.
- Contar con reglamento interno.
- Idoneidad y conocimientos.
5. ¿Qué es el sistema de finanzas abiertas u "Open Finance"?
Se refiere al sistema que permitirá intercambio de información de los clientes financieros entre distintos prestadores de servicios, a través de interfaces de acceso remoto y automatizado, que permitan una interconexión y comunicación directa entre las instituciones participantes.
Dentro de las instituciones participantes, se distinguen tres categorías:
- Instituciones proveedoras de información.
- Instituciones proveedoras de servicios basados en información (existirá un Registro de Proveedores de Servicios basados en Información al que voluntariamente se deberán registrar quienes presten este tipo de servicios).
- Instituciones de servicios de iniciación de pagos.
6. ¿Qué tipo de información comprende el sistema de finanzas abiertas?
Si bien la CMF puede disponer a través de una norma de carácter general datos adicionales a los que se establecen a continuación, la siguiente corresponde a la información, entre otra, que de acuerdo con la Ley Fintech integra el sistema de finanzas abiertas:
- Términos y condiciones generales de los productos y servicios que las instituciones proveedoras de información ofrezcan al público.
- Datos de identificación de los clientes y sus representantes.
- Información sobre las condiciones comerciales contratadas y el historial de transacciones realizadas en los productos y servicios financieros.
- Comunicaciones entre proveedores de servicios financieros con ocasión de la portabilidad financiera.
- Información necesaria para la prestación de servicios de iniciación de pagos.
7. ¿Cuáles son los deberes de las instituciones que integran el sistema de finanzas abiertas?
Dentro de las obligaciones que deben asumir las instituciones que forman parte del sistema de finanzas abiertas se encuentran, entre otras, las siguientes:
- Resguardar la integridad, disponibilidad, seguridad y confidencialidad de los datos involucrados en cada transacción, así como la privacidad de los clientes.
- La entrega y el intercambio de información deberá efectuarse por medio de una o más interfaces, de acceso remoto y automatizado que deberán mantener disponible los participantes del Sistema de Finanzas Abiertas.
- Frente a un requerimiento de intercambio de información, los intervinientes deberán dejar constancia de, al menos, la individualización del requirente, el motivo y el propósito de la solicitud, el tipo de datos que se requieren y la fecha del intercambio.
- Deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir con los estándares mínimos de seguridad de información, ciberseguridad y políticas de gestión de riesgos y control interno que la CMF establezca por norma de carácter general.
- Deberán reportar los incidentes de seguridad a la CMF sin dilaciones, por los medios y en los términos y condiciones que esta determine por norma de carácter general, y adoptarán las medidas de mitigación de riesgos correspondientes.
- Adoptar mecanismos para la autenticación de los clientes que hubieren dado su consentimiento.
8. ¿Cuándo entrará en vigor la Ley Fintech?
Si bien la propia Ley Fintech dispone que entrará en vigencia 30 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, se contemplan plazos especiales para la entrada en vigor de las normas asociadas a los servicios Fintech y Sistema de Finanzas Abiertas.
En este contexto, la ley dispone lo siguiente:
- Servicios Fintech: Deberán solicitar su registro y autorización para operar ante la CMF en un plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigor de las normas de carácter general que dicte la CMF.
- Sistema Finanzas Abiertas: CMF deberá dictar la normativa necesaria para la implementación del sistema en el plazo de 18 meses desde su publicación.