Boletín de prensa

9 mar. 2020

Coronavirus y empleadores: consejos ante la incertidumbre y los movimientos internacionales

Contacto para prensa
EY Colombia

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales

 

Bogotá, marzo de 2020 – El Coronavirus está afectando a una parte importante de la población a nivel mundial. Es mucha la información que existe en los diferentes medios de comunicación sobre qué es el Covid-19 (Coronavirus), la forma como se desarrolla, su contagio, síntomas y cuidados que deben tener en general las personas. Mucha de esta información es veraz, mientras que otra puede intencionalmente o no, generar pánico y aumentar la incertidumbre de las personas. En algunos países se han cerrado colegios y universidades, prohibido las protestas, restringido el turismo e inclusive cerrado fronteras para algunas nacionalidades. Colombia, no es ajena a la posibilidad de una epidemia y por ello, tanto las autoridades como los particulares, deberían tomar medidas conducentes a evitar la llegada del Coronavirus y su eventual propagación, sin que ello signifique entrar en el terror colectivo ni tomar medidas desesperadas, que generen mayores complejidades que soluciones reales.

El Ministerio de Salud y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, han establecido por medio de un comunicado oficial, reforzar el control para prevenir y controlar el virus. Esta medida ya está en vigencia y va dirigida tanto a ciudadanos como extranjeros que deseen ingresar al territorio nacional, quienes deberán obligatoriamente diligenciar el formulario “Control Preventivo Contra el Coronavirus”.

Como segunda medida, los sistema de control de ingreso y salidas BioMig – Migración Biométrica -  y Migración Automática, estarán suspendidos hasta nuevo aviso para intensificar el control en las terminales aéreas. Lo anterior sugiere que los procesos de inmigración y emigración tendrán demoras y se recomienda contar con más tiempo para abordaje y conexiones.

En el caso de que las autoridades detecten que un viajero presenta síntomas relacionadas con el Coronavirus, será dirigido a las unidades de sanidad del aeropuerto para hacer los controles respectivos y dependiendo de los resultados, se aplicarán las medidas preventivas y/o de control epidemiológico.

Bajo este contexto, Carlos Mario Sandoval, socio de EY en el área laboral para Colombia y México, enumera cinco recomendaciones basadas en estas medidas temporales:

1.       Los empleadores deben tomar precauciones para ayudar al control de la enfermedad en los sitios de trabajo, protegiendo que las actividades empresariales se sigan ejecutando con la menor cantidad de inconvenientes posibles. Si el pánico se apodera de la empresa o sus colaboradores, la disminución de los ingresos esperados podría conllevar a la terminación de contratos laborales o amenazar la continuidad del negocio mismo. Prevención y cumplimiento de las medidas sanitarias serán claves.

2.       Evaluar la necesidad y urgencia de los viajes internacionales, sobre todo a regiones con alta exposición al Coronavirus. Si no se puede evitar el viaje, se recomienda capacitar a los colaboradores sobre cómo protegerse de un posible contagio e informar cualquier anomalía que pueda sugerir la presencia de la enfermedad.  También es importante diligenciar el formulario de Migración Colombia para la protección del Coronavirus y llegar con suficiente tiempo al aeropuerto para evitar inconvenientes, teniendo en cuenta que tanto BioMig como Migración Automática han sido suspendidos. Algunas empresas han restringido igualmente la participación en reuniones con alta concurrencia de personas.

3.       El empleador debe de suministrar los elementos adecuados de protección contra enfermedades que puedan afectar la salud de los trabajadores en el sitio de trabajo. Sugerimos insistir en las campañas de salud, de cuidado personal y de comunicación oportuna cuandoquiera que se sospeche de la presencia del virus. Para ello recomendamos tener un protocolo específico frente al Coronavirus.

4.       El trabajador por su parte, también tiene la obligación legal de velar por su salud, respetar y acatar las normas de salud ocupacional que la empresa establezca para evitar el contagio y propagación de la enfermedad.

5.       En caso de que algún trabajador sea detectado con el COVID–19 debe informar inmediatamente al encargado en la empresa, para poder activar el plan de contingencia en la compañía y ejecutar las medidas de control. En estos casos debe evaluarse implementar el trabajo remoto o el teletrabajo, para evitar la propagación y minimizar los efectos en la persona y de la comunidad laboral.

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