Después de más de tres años del inicio de la emergencia internacional por la pandemia de COVID-19, la Organización Mundial de la Salud (OMS) decretó el viernes 5 de mayo, el final de la misma.
Si bien esta declaración no implica que la enfermedad haya dejado de propagarse alrededor del mundo, la OMS afirmó que las condiciones han mejorado al haber menor mortalidad y mayores niveles de inmunidad, tanto por causas naturales como por las múltiples vacunas que se han utilizado para estos fines.
El presidente de México informó durante el mes de abril que se analizaba declarar el final de la emergencia sanitaria por COVID-19 a nivel nacional, en función de la información disponible ante la Secretaría de Salud y de la decisión que al respecto tomara la OMS.
Con la declaratoria de la OMS mencionada, se refuerza la posibilidad de que en México se levanten las medidas de emergencia adoptadas durante la pandemia, entre las cuales se encuentra la suspensión de plazos para los trámites migratorios que está en pie desde 2020.
Dicha suspensión ha permitido que los trámites de renovación de residentes temporales, renovación de residentes permanentes menores de 18 años, cambios de condición de estancia a residente permanente y las notificaciones a cargo de residentes temporales y permanentes, puedan ser presentados y admitidas sin ninguna sanción fuera del plazo marcado en las regulaciones.
Por lo anterior, será de suma importancia que empresas y especialmente extranjeros se mantengan al tanto de la vigencia de sus documentos migratorios, para que en caso de que aún no hayan presentado los trámites correspondientes al amparo de la suspensión, se tomen las medidas para dar inicio a dichos procesos a la brevedad posible.
El equipo de Servicios Migratorios de EY estará apoyando a todos sus clientes a tomar las medidas necesarias, así como informando sobre la determinación que al respecto tomen las autoridades y sus efectos.
Para mayor información, por favor póngase en contacto con su asesor migratorio de EY.
Contacto: