EY se refiere a la organización global, y puede referirse a una o más, de las firmas miembro de Ernst & Young Global Limited, cada una de las cuales es una entidad legal independiente. Ernst & Young Global Limited, una compañía británica limitada por garantía, no brinda servicios a los clientes.
Cómo EY puede ayudar
Este modelo —adoptado por algunas organizaciones a nivel global— resulta atractivo para los colaboradores y ha representado incrementos significativos en sus niveles de efectividad y productividad al permitir que los equipos trabajen remotamente desde cualquier lugar del mundo; sin embargo, este esquema debe implementarse de manera integral en las empresas, a partir de un análisis que incluya aspectos fiscales, legales, migratorios, laborales, de nómina, protección de datos y de seguridad social.
Las organizaciones están enfrentando dos escenarios comunes: (I) colaboradores varados en lugares fuera de su país de residencia fiscal y (II) colaboradores que se trasladaron, dentro del mismo país, a ciudades donde podrían estar con sus familiares. En este sentido, es dable ver que ni las empresas ni los trabajadores han considerado los riesgos fiscales y laborales a los que podrían estar expuestos.
En el primer caso, se trata de personas extranjeras que se encontraban trabajando en México y decidieron regresar a su país de origen para continuar laborando de forma remota. Estos colaboradores podrían enfrentar el hecho de que sus formas migratorias hayan vencido o estén por vencer por residir en el exterior. En el segundo escenario, las personas que se encuentran trabajando en otro país o en otro estado dentro de México, también deben analizar aspectos fiscales, tanto corporativos como individuales.
En lo que respecta a los impuestos individuales o personales, cada vez es más común que los colaboradores que trabajan y reciben un sueldo en un país determinado, se encuentren viviendo en otra jurisdicción. En este sentido, los convenios internacionales y las leyes deberán evolucionar en varios ámbitos —incluido el fiscal— a fin de gravar justamente a los trabajadores.
Esto último ha motivado que algunos países comiencen a definir reglas aplicables a estos supuestos, sobre todo considerando la facilidad para laborar desde cualquier lugar gracias al uso de la tecnología. Se estima que esta tendencia alcanzará a más países.
Aquellas personas que se encuentren trabajando en otro país o desde cualquier estado de la República Mexicana, deben analizar aspectos laborales y de seguridad social. La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla la prestación de servicios de un trabajador contratado en México y su prestación de servicios en el extranjero.
En lo que respecta a la seguridad social, uno de los mayores retos que deben prever las empresas es cómo afrontar sus obligaciones patronales en caso de que un empleado decida laborar desde otro país y sufra algún tipo de percance, enfermedad o accidente en el extranjero.
Las organizaciones deben trabajar en los aspectos clave de cumplimiento desde la perspectiva fiscal, laboral, migratoria y de seguridad social para adaptarse de la mejor manera al Work from anywhere.