Inversión extranjera en México: cómo cumplir con el RNIE en 2026

Inversión extranjera en México: ¿Cómo cumplir con el RNIE en 2026?

En resumen

  • Conforme a la Ley de Inversión Extranjera, si existen recursos provenientes del extranjero de acuerdo con el artículo 32 de la Ley, es obligatorio inscribirse al RNIE.
  • Desde el 1 de enero de 2025, el RNIE implementó un nuevo sistema digital exclusivo a través de su propia plataforma para gestionar todos los trámites e informes.
  • Además del envío y recepción de información, este sistema también permite la consulta y seguimiento de los procedimientos, trámites y sanciones, en cumplimiento con la Ley de Inversión Extranjera y su reglamento.

La inversión extranjera juega un papel crucial en el desarrollo económico de México; sin embargo, con ella vienen obligaciones regulatorias que no deben subestimarse. En este artículo, exploraremos la relevancia de cumplir con la obligación de registro ante el RNIE, los avisos trimestrales y el informe anual, quiénes están obligados a cumplir, los trámites a efectuar, así como los plazos establecidos y la forma de presentación. 

¿Qué es el RNIE y qué importancia tiene para las empresas en 2026?

El Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) es un instrumento esencial de transparencia, certeza y seguridad jurídica para empresas con capital extranjero. De acuerdo con la Ley de Inversión Extranjera, si existen recursos provenientes del extranjero según el artículo 32 de la Ley, es obligatorio inscribirse al RNIE. Para aquellos casos en los que se rebasen los umbrales establecidos, será necesario presentar el informe económico anual, así como los avisos de actualización trimestral ante el RNIE, dependiente de la Secretaría de Economía (SE). Cumplir con esta obligación evita sanciones, asegura la fluidez de las operaciones y genera confianza frente a inversionistas y autoridades.

El incumplimiento con el RNIE puede generar desde multas significativas hasta bloqueos operativos que paralizan el crecimiento de un negocio dado que, en ocasiones, entre el RNIE y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), cruzan información como una estrategia de fiscalización para que puedan validar los datos de inversiones extranjeras y asegurar el cumplimiento fiscal, detectando discrepancias, evasión fiscal y operaciones simuladas con participación extranjera.

¿Quiénes están obligados a presentar trámites ante el RNIE?

  1. Quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, siempre que se trate de:

a) Personas físicas o morales extranjeras.

b) Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.

         2. Sociedades mexicanas en las que participen, incluso a través de fideicomiso:

a) Personas físicas o morales extranjeras y sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.

b) Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.

c) Inversión neutra.

         3. Fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de:

a) La inversión extranjera.

b) Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.

¿Qué tipo de inversión se debe reportar al RNIE?

En el contexto de la inversión extranjera en México, es fundamental comprender los diferentes tipos de inversiones que deben ser reportadas al RNIE. Cada tipo de inversión tiene características específicas y requisitos regulatorios que deben ser considerados por los inversionistas. A continuación, se detallan las clasificaciones de inversión:

  • Neutra: inversión en acciones sin derecho a voto o con derechos corporativos limitados, siempre que obtengan previamente la autorización de la SE y, cuando resulte aplicable, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Esta no se computará para determinar el porcentaje de inversión extranjera en el capital social de sociedades mexicanas.
  • Directa: tiene como propósito formar un vínculo duradero con fines económicos y empresariales de largo plazo, por parte de un inversionista extranjero en el país receptor. Se considera inversión extranjera directa:
  • La participación de inversionistas extranjeros en el capital social de empresas mexicanas.
  • La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por la Ley de Inversión Extranjera.
  • Indirecta: préstamos o inversiones de capital en valores, por ejemplo, acciones y bonos, que un inversionista extranjero realiza en un país distinto al suyo, sin que se ejerza control alguno sobre la gestión de la empresa en la que invierte.

Trámites a realizar ante el RNIE y su forma de presentación

El RNIE permite varios tipos de trámites para mantener actualizado el registro, todos orientados a reflejar cambios en la estructura o situación económica de la inversión extranjera. Los principales son:

  • Inscripción: para sociedades de reciente creación que cuentan con capital extranjero, o bien, si la inversión extranjera ingresa a una sociedad con posterioridad.
  • Avisos de actualización trimestral: para reportar modificaciones como cambios en el nombre, denominación o razón social; actividad económica, domicilio fiscal, estructura accionaria, aumentos o reducciones de capital, así como desinversiones. Solo se presentan si hubo cambios en el trimestre y los mismos rebasan los umbrales establecidos.
  • Informe económico anual: resume la situación financiera del ejercicio anterior, incluyendo balances, estados de resultados y flujos de inversión, este debe presentarse si se rebasan los umbrales establecidos. Sirve para renovar la inscripción.
  • Otros trámites: cancelación de inscripción (por cese de operaciones), correcciones a reportes previos o avisos especiales para fideicomisos.

Estos trámites se realizan electrónicamente y requieren documentación como escrituras públicas, poderes, identificación de representante legal, información estadística de las compañías y estados financieros. Desde la digitalización impulsada por la SE, todos los trámites se realizan de manera electrónica a través del portal oficial del RNIE.

En caso de no estar registrado en el sistema RNIE, es importante realizar los siguientes pasos:

  • El representante legal debe darse de alta en el sistema RNIE, así como registrar un correo y contraseña.
  • Solicitar la acreditación del representante legal, para lo cual se requiere su e.firma.
  • Solicitar la asociación con la sociedad de la cual es representante legal.

Dado que el sistema es electrónico, si no se completan todos los campos obligatorios (*), no dejará avanzar ni completar el proceso. El RNIE enviará correos informando el estatus de los trámites presentados; sin embargo, es recomendable ingresar al sistema al menos cada cinco días hábiles para, en su caso, poder subsanar los errores correspondientes dentro del término establecido por el RNIE para evitar incurrir en multas.

¿Cómo saber si se está obligado a presentar el aviso trimestral?

La presentación del aviso trimestral es un requisito importante para las sociedades que cuentan con capital extranjero y que operan en México, ya que permite mantener actualizada la información sobre su situación financiera y estructural ante las autoridades competentes. Es esencial que las empresas estén atentas a ciertos cambios que pueden obligarlas a presentar este aviso.

A continuación, se detallan las circunstancias específicas bajo las cuales una sociedad está obligada a presentar el aviso trimestral, así como el plazo establecido para su presentación.

  • Modificaciones en la denominación o razón social.
  • Modificaciones al domicilio fiscal de la sociedad.
  • Modificaciones a la actividad económica de la sociedad.
  • Modificaciones al capital social y/o estructura accionaria que implique un cambio en la participación en el capital social extranjero por un monto mayor, en valor absoluto, a MXN $20,000,000.00 (veinte millones de pesos).
  • Variaciones en alguna de las siguientes cuentas, superiores a veinte millones de pesos:

- Cuentas por cobrar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.

- Cuentas por pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.

- Aportaciones para futuros aumentos de capital social, reservas de capital o resultado de ejercicios anteriores.Cuentas por pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.

Plazo de presentación

Si la sociedad está obligada a presentar el aviso trimestral, debe presentar la información dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre a reportar: enero- marzo; abril- junio; julio- septiembre; o bien, octubre- diciembre de cada ejercicio.

¿Cómo saber si se está obligado a presentar el informe económico anual?

Las sociedades mexicanas con inversión extranjera, así como las personas físicas o morales extranjeras, están obligadas a presentar el informe económico anual correspondiente al ejercicio social concluido el 31 de diciembre del año en curso, únicamente cuando en dicho ejercicio alguna de las siguientes cuentas sea igual o mayor a la cantidad de MXN $110,000,000.00 (ciento diez millones de pesos):

  • Activo Total Inicial.
  • Activo Total Final.
  • Pasivo Total Inicial.
  • Pasivo Total Final.
  • Ingreso en el país y en el exterior.
  • Costos y gastos en el país y en el exterior.

Si la sociedad se encuentra en alguno de los supuestos anteriores, debe cumplir con la obligación de presentar el Informe ante el RNIE, según la letra inicial de la denominación social de la sociedad:

  • A – J: deberán presentarlo durante el mes de abril de cada año.
  • K – Z: deberán presentarlo durante el mes de mayo de cada año.

Si el nombre, denominación o razón social inicia con número o algún otro carácter deberá presentarse durante mayo.

Para cumplir adecuadamente con esta obligación es importante tomar en cuenta lo siguiente:

En un entorno económico incierto, el cumplimiento no es un gasto, sino una inversión en la estabilidad y crecimiento de las empresas. 

Agradecemos a Maribel Rodríguez, Gerente de Reporte y Cumplimiento; a Carlos Ramírez, Gerente de Reporte y Cumplimiento; y a Maribel López, Senior de EY Law, por su colaboración en este artículo.

Resumen

De acuerdo con la Ley de Inversión Extranjera, si existen recursos provenientes del extranjero según el artículo 32 de la Ley, es obligatorio inscribirse al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Cumplir con esta obligación evita sanciones, asegura la fluidez de las operaciones y genera confianza frente a inversionistas y autoridades.

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