El pasado 12 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la nueva versión 1.0.0.2 del aplicativo para el llenado de la información sobre situación fiscal – ISSIF - (obligación contenida en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación). De acuerdo con la revisión realizada a la plantilla Personas morales en general (Anexo 1) en el aplicativo de la ISSIF 2023, se observaron algunas actualizaciones.
Actualizaciones en aplicativo de la ISSIF para el ejercicio 2023.
El pasado 12 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la nueva versión 1.0.0.2 del aplicativo para el llenado de la información sobre situación fiscal – ISSIF - (obligación contenida en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación).
De acuerdo con la revisión realizada a la plantilla Personas morales en general (Anexo 1) en el aplicativo de la ISSIF 2023, se observaron algunas actualizaciones identificadas durante el proceso:
- Estados financieros: dentro de los apartados 1 (estado de situación financiera) y 4 (estado de flujos de efectivo) se eliminan los índices relacionados al Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) e Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) al no estar vigentes dichas contribuciones.
- Inversiones permanentes: en el apartado 12 se agrega el encabezado “fecha en que se efectuó la aportación en su subsidiaria”.
- Socios o accionistas: para el llenado del capital dentro del apartado 13 se adiciona como encabezado la “forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.)”.
- Consolidación fiscal: se eliminan los apartados 18 al 21 del aplicativo 2022 relacionados a la consolidación fiscal que estuvo vigente hasta el ejercicio 2013 así como el ISR diferido donde su último pago se ampliaba, a más tardar, en el 2018. De igual manera, en el apartado “Generales” se eliminan los índices relacionados con la consolidación fiscal.
- Operaciones con partes relacionadas: en los apartados 15 y 18 (antes 22) se agrega información relacionada a las retenciones efectuadas a sus partes relacionadas confirmando mediante tres encabezados adicionales si existió retención y entero de ISR por las operaciones, tasa e ISR retenido. Así mismo, se requiere informar el ISR retenido pagado y la diferencia (determinado vs. el pagado).
- Datos informativos: se agregan índices relacionados a actividades empresariales obtenidos en la región fronteriza norte y sur. Asimismo, se agregan índices relacionados con enajenación de acciones y acreditamiento de ISR pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR.
- Préstamos: se adicionó un encabezado para informar si se realizó conversión de moneda y su fecha (Apartado 21 – antes 25).
Con base en los cambios detallados previamente y en los hallazgos identificados, recomendamos realizar pruebas en el aplicativo, así como empezar a reunir toda la información que se requiere para efectos de cumplir en tiempo y forma con la presentación de esta declaración, la cual tiene vencimiento el próximo 31 de marzo de 2024.
Finalmente, es importante destacar que es posible que existan actualizaciones adicionales al aplicativo con posterioridad a la fecha de envío de este Tax Alert.
Para más información sobre este comunicado, por favor contactar a los siguientes profesionales: