El 22 de abril se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Este decreto determina el establecimiento de aranceles temporales, que oscilan entre el 5% y el 50%, aplicables a la importación de mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias. Estas fracciones comprenden productos como acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel, cartón, cerámica, vidrio, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales, muebles, entre otros.
Según los considerandos del mencionado Decreto, desde 2018 hasta 2023 las cadenas productivas nacionales vinculadas a los productos antes señalados se han visto afectadas por una desaceleración en el crecimiento económico. Esta situación, exacerbada por conflictos geopolíticos y comerciales, podría comprometer la competitividad en los mercados nacional e internacional y la subsistencia del empleo de miles de trabajadores. Por ello, se considera necesario conceder un periodo de ajuste a las industrias mexicanas para su recuperación.
Además, en respuesta a la implementación de nuevos modelos comerciales a nivel global, como el nearshoring, se considera imprescindible establecer medidas que permitan una interacción de mercado equilibrada y eviten distorsiones económicas que interfieran en la localización estratégica de sectores productivos y en la atracción de nuevas empresas de alto valor agregado.
El objetivo del aumento arancelario es ofrecer certeza y condiciones de mercado equitativas a los sectores industriales nacionales vulnerables. Esto se realiza en respuesta a prácticas que perturban el comercio internacional con el fin de fomentar el desarrollo de la industria nacional y fortalecer el mercado interno.
Adicionalmente, el Decreto aclara que los Programas de Promoción Sectorial seguirán siendo aplicables a las importaciones de las fracciones arancelarias afectadas, al igual que los beneficios estipulados en los Tratados de Libre Comercio suscritos por México.
Dicho Decreto entró en vigor el día posterior a su publicación y permanecerá en efecto hasta el 23 de abril de 2026.
Para consultar el texto completo del Decreto y determinar los posibles impactos en las operaciones empresariales, se sugiere acceder al documento en el siguiente enlace.
Para más información o asistencia relativa al contenido de esta comunicación, no dude en contactar a nuestro equipo de profesionales.