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Iniciativa de Ley de Salud Digital


El pasado 24 de marzo de 2021, se presentó en la Cámara de Diputados la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Salud Digital (la Iniciativa LSD), la cual establece las bases para regular las actividades y servicios relacionadas con la salud brindados mediante las tecnologías de información y las comunicaciones (TIC), incluyendo la telemedicina, teleducación en salud, uso de macrodatos, robótica, así como otras tecnologías futuras.

La Iniciativa LSD incluye, entre otras, las siguientes cuestiones:

1. Derechos de los pacientes en al ámbito de la salud digital: a recibir servicios de telemedicina de calidad; tener un expediente clínico electrónico verídico, completo, interoperable e integrado; a la expedición de recetas médicas electrónicas, a la protección de datos personales y al consentimiento informado, principalmente

2. Autorizaciones: las personas físicas y morales que deseen prestar servicios vinculados con la salud digital y la telemedicina deberán obtener una autorización del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (CENETEC), cuyos requisitos específicos serán determinados por este

3. Autoridad competente: se propone dotar de atribuciones regulatorias, de promoción y de supervisión al CENETEC a efecto de ejecutar la referida ley y monitorear su cumplimiento

4. Receta médica electrónica: además de los datos comunes, la prescripción médica deberá contener la firma electrónica o digital de quien la expide y cumplir con los lineamientos que para tal efecto emita el CENETEC. Las recetas médicas electrónicas deberán ser aceptadas por las farmacias y establecimientos de salud habilitados para tal efecto

5. Expediente médico electrónico: todos los prestadores de servicios de salud deberán integrar los registros que correspondan al expediente electrónico, el cual deberá garantizar su interoperabilidad entre diversas interfaces y estándares comunes. Asimismo, los pacientes deberán otorgar su consentimiento informado en términos de la Ley General de Salud, el cual podrá ser revocado

La Iniciativa LSD deberá ser discutida y, en su caso, aprobada por mayoría de votos de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. De ser aprobada, el Ejecutivo Federal deberá promulgarla y posteriormente ordenar su publicación. La Iniciativa LSD entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para más información sobre este Alert, por favor contactar a los siguientes profesionales:

Jimena González de Cossío

Maciel Salazar