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Inicia la tercera etapa de implementación de la Reforma en materia laboral 2019

El 1 de mayo de 2019 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto emitido por la Presidencia de la República mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva. Con esta reforma se busca disminuir los juicios individuales de conciliación y garantizar la representatividad óptima en negociaciones colectivas.

La implementación de la reforma laboral se llevó a cabo de forma gradual en tres etapas, por lo que el Senado de la República declara formalmente el inicio de funciones de la tercera etapa a partir del 3 de octubre de 2022 en las siguientes entidades:

  • Chihuahua
  • Ciudad de México
  • Coahuila y los municipios de General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo del Estado de Durango
  • Jalisco
  • Michoacán
  • Nayarit
  • Nuevo León
  • Sinaloa y Archipiélago de las Islas Marías
  • Sonora
  • Tamaulipas
  • Yucatán

Con lo anterior, la reforma inicia su fase final de implementación, por lo que los patrones deberán tener en cuenta lo siguiente:

  1. La existencia de un nuevo sistema de Justicia Laboral, el cual versa sobre reforzar la Conciliación a través de los Centros de Conciliación Laboral, encargado en intentar alcanzar un acuerdo, antes de llegar a las demandas en los nuevos Tribunales Laborales del Poder Judicial.
  2. Respecto de los principios de libertad y democracia sindical a través de los cuales se busca que los trabajadores tengan poder de decisión sobre la afiliación a un sindicato y podrán participar en las decisiones fundamentales de su sindicato, como la elección de sus directivas y la aprobación de sus contratos colectivos y líderes de representatividad.
  3. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se constituye como un organismo responsable de la conciliación laboral en materia federal; del registro sindical de asociaciones, contratos colectivos, contratos —ley y reglamentos interiores de trabajo a nivel nacional—; y de la verificación y seguimiento de procesos de democracia sindical.

En EY estamos listos para que las empresas se encuentren acompañadas por profesionales especialistas en la materia para obtener un entendimiento claro de las implicaciones de la reforma laboral.

Legal – Laboral

Jacqueline Álvarez

Alejandro Caro 

Yeshua Gómez  

Juan Carlos Curiel

Odette Guevara