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Gobierno Federal emite medidas administrativas con motivo de la inauguración de la Copa Mundial de la FIFA 2026

Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2026, el Ejecutivo Federal estableció diversas medidas administrativas con motivo de los eventos relacionados con la inauguración de la Copa Mundial de la FIFA 2026, que se llevará a cabo el 11 de junio de 2026 en la Ciudad de México.

Implementación de esquemas de teletrabajo en la Administración Pública Federal

El Decreto instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con sede en la Ciudad de México a implementar, conforme a las necesidades del servicio, esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral respecto de las personas servidoras públicas a su cargo.

No obstante, la medida no resulta aplicable a diversas actividades consideradas esenciales, incluyendo, entre otras, aquellas relacionadas con servicios de salud, protección civil, seguridad pública, seguridad nacional, control migratorio y aduanero, servicios estratégicos e infraestructura crítica, así como actividades vinculadas con la organización y operación de la Copa Mundial de la FIFA 2026.

Exhorto al sector privado

Asimismo, el Decreto exhorta al sector privado y social en la Ciudad de México para que, respecto de actividades administrativas no esenciales, implementen el 11 de junio de 2026 esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral para sus personas trabajadoras, en términos de los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo.

Resulta relevante señalar que dicho exhorto no constituye una obligación legal para los empleadores particulares, por lo que la implementación de estas medidas permanece sujeta a la determinación de cada empresa conforme a sus necesidades operativas y de negocio.

Consideraciones para los empleadores

Derivado de lo anterior, recomendamos a las empresas con operaciones en la Ciudad de México evaluar oportunamente posibles impactos operativos y de movilidad para dicha fecha, considerando, entre otros aspectos:

  • La viabilidad de implementar esquemas temporales de teletrabajo o trabajo híbrido para personal cuyas funciones lo permitan.
  • Posibles afectaciones derivadas de la movilidad y tiempos de traslado de las personas trabajadoras.
  • La necesidad de comunicar oportunamente cualquier medida organizacional que se adopte para garantizar la continuidad de las operaciones.
  • La revisión de políticas internas relacionadas con teletrabajo y trabajo flexible, en caso de optar por su implementación temporal.

En caso de alguna duda en particular, por favor, contacte a los siguientes profesionales:

Legal – Laboral

Jacqueline Álvarez

Alejandro Caro

Juan Carlos Curiel 

Nancy Robles

Valeria Bonilla 


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