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Nueva ventanilla única de comercio exterior

El pasado 4 de mayo se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (el “Decreto”), mediante el cual, el Ejecutivo Federal reconfigura el modelo de operación de la ventanilla única (VUCEM) en México.

Antecedentes

La VUCEM fue establecida en 2011 con el objetivo de centralizar los trámites de comercio exterior en un solo punto electrónico. El modelo original se caracterizó por la integración gradual de dependencias, el uso de la firma electrónica y la digitalización de procesos. Posteriormente, la plataforma fue objeto de diversos ajustes operativos, sin que se modificara de manera sustancial su estructura institucional.

Principales cambios del Decreto 2026

  • Transición de una plataforma de trámites a un modelo de gestión integral de procesos de comercio exterior.
  • Cambio en la administración de la VUCEM, la cual estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), en sustitución del Servicio de Administración Tributaria.
  • Creación del Expediente Único de Comercio Exterior como repositorio digital centralizado de información y documentación.
  • Establecimiento del uso obligatorio de la ventanilla como único medio para la recepción, gestión y resolución de trámites de comercio exterior.
  • Fortalecimiento de la interoperabilidad entre autoridades, con el objetivo de eliminar duplicidades y cargas administrativas.
  • Mayor supervisión de tiempos de respuesta y requisitos por parte de la ATDT.
  • Incorporación de un enfoque de simplificación administrativa y digitalización alineado con la política pública reciente.

Elementos que permanecen

  • Uso de la e.firma para la autenticación y firma de trámites.
  • Presentación digital de solicitudes.
  • Realización de pagos electrónicos.
  • Notificaciones electrónicas con plenos efectos legales.

Aspectos transitorios relevantes

  • Entrada en vigor el 5 de mayo de 2026.
  • Habilitación inicial dentro de los 15 días hábiles siguientes a su entrada en vigor.
  • Transferencia de la operación de la VUCEM del SAT a la ATDT.
  • Continuidad y migración de los trámites en curso al nuevo esquema.

Implicaciones para empresas

  • Necesidad de adaptación a un esquema completamente digital y de uso obligatorio, lo que podría requerir la revisión de procesos internos de cumplimiento en comercio exterior, controles operativos y mecanismos de interacción con autoridades.
  • Preparación para la implementación del Expediente Único de Comercio Exterior, incluyendo la depuración y estandarización de documentación, validación de consistencia de información y fortalecimiento de controles sobre la gestión documental.
  • Mayor trazabilidad y monitoreo de las operaciones de comercio exterior.
  • Cambios en la interacción institucional con las autoridades, particularmente por la nueva gobernanza del sistema.

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