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Prórroga a la obligatoriedad de la Manifestación de Valor Electrónica

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, a través en su portal, la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, a través de la cual se prorroga hasta el 1 de agosto de 2026 el plazo para cumplir con la obligación de la Manifestación de Valor Electrónica.

Esta modificación, que entró en vigor el pasado 1 de junio, amplía el plazo previamente otorgado mediante versiones anticipadas anteriores.

Implicaciones para empresas

  • Extensión del periodo de transición, permitiendo continuar temporalmente con el esquema actual de cumplimiento.
  • Oportunidad para reforzar la preparación hacia la implementación obligatoria, incluyendo la revisión de procesos internos, sistemas y mecanismos de transmisión electrónica.
  • Necesidad de validar la consistencia y disponibilidad de la información relacionada con el valor en aduana para su futura transmisión electrónica. 

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