El 8 de septiembre de 2026, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión el Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2027, integrado, entre otros documentos, por la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, los Criterios Generales de Política Económica y diversas iniciativas de reforma fiscal. En conjunto, las propuestas delinean la estrategia económica y hacendaria para 2027 y anticipan medidas que, de aprobarse, podrían incidir en la determinación, el cumplimiento y la fiscalización de las obligaciones tributarias.
Si bien las propuestas no contemplan modificaciones estructurales a las tasas generales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sí incorporan medidas orientadas a fortalecer la recaudación, la fiscalización y el cumplimiento tributario, así como a mantener, modificar o incorporar determinados estímulos fiscales y mecanismos de incentivo económico.
Este primer Tax Flash de la serie Reforma Fiscal 2027 ofrece una visión general del Paquete Económico y establece el punto de partida para las siguientes publicaciones, en las que abordaremos de manera específica las propuestas que, por su alcance, complejidad o impacto potencial, ameritan un análisis particular.
Las medidas descritas se encuentran sujetas al proceso legislativo, por lo que su alcance podría modificarse antes de su eventual aprobación y publicación definitiva.
A continuación, presentamos un resumen ejecutivo de sus principales elementos:
El Paquete Económico 2027 plantea una estrategia orientada a mantener el crecimiento económico y fortalecer las finanzas públicas mediante una reducción gradual del déficit. Para ello, considera un crecimiento del PIB de entre 1.5% y 2.5%, una tasa de interés nominal de CETES a 28 días de 6.0% al cierre del periodo y un tipo de cambio de 18.0 pesos por dólar al cierre del periodo, bajo un escenario de estabilidad macroeconómica y condiciones financieras relativamente favorables.
Lo anterior cobra relevancia en un contexto de tensiones geopolíticas, cambios en el comercio global y volatilidad financiera. En respuesta a dichos desafíos, la presente administración espera que el consumo y la inversión se mantengan constantes, al tiempo que busca fortalecer la recaudación tributaria para respaldar una reducción gradual del déficit, manteniendo como prioridades el gasto social y la inversión productiva. Asimismo, los RFSP se estiman en 3.9% del PIB, reflejando el objetivo de preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
- Ley del Impuesto sobre la Renta
La iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) propone combatir la evasión fiscal limitando las deducciones autorizadas al 96.67% de los ingresos acumulables (o al 99% de las deducciones, según el caso), y prevé que las pérdidas de ejercicios anteriores únicamente puedan amortizarse hasta por 50% de la utilidad fiscal, de manera que el excedente podría amortizarse durante los 20 ejercicios siguientes. El efecto de la reforma propuesta se anticiparía desde enero, en la medida en que también modificaría el cálculo de los pagos provisionales en concordancia con los cambios mencionados.
A lo anterior, se suman la reducción del límite de intereses netos del 30% al 20%, nuevas condiciones para deducir pagos al extranjero y anticipos por servicios y arrendamiento, la derogación del régimen opcional para grupos de sociedades —con el entero del impuesto diferido— y precisiones en CUCA, costo de acciones y CUFIN.
- Ley de Ingresos de la Federación
En relación con la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), se propone conservar el estímulo para el retorno de capitales del extranjero con una tasa de ISR de 7.5% (en lugar de 15%), sujeto a requisitos de inversión y permanencia en el país; mantener la regularización de créditos fiscales firmes con reducción del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución para contribuyentes con ingresos de hasta 300 millones de pesos, mediante pago único solicitado a más tardar el 31 de octubre de 2027; y permitir la tramitación del recurso de revocación exclusivo de fondo sin garantizar el interés fiscal.
Se incorporan cambios con efecto directo en la carga fiscal de bancos, aseguradoras e instituciones de tecnología financiera. Entre los cambios propuestos se encuentra la reducción de la tasa anual de retención sobre intereses, de 0.90% a 0.68% sobre el capital que los origina, además de disposiciones que mantienen restricciones de fondo: el régimen especial de pérdidas por créditos incobrables para instituciones de crédito, la limitante al acreditamiento del IVA de las aseguradoras cuando la indemnización se paga a través de terceros, y la deducción de solo una cuarta parte de las cuotas al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) para la banca múltiple. Se conservan también las obligaciones de retención y comprobación del financiamiento colectivo y la retención del 9% en préstamo de títulos o valores.
En materia de plataformas digitales, se extiende a las personas morales el esquema de retención que hoy aplica a personas físicas: 2.5% de ISR —20% sin RFC— y 50% o 100% de IVA según proporcionen o no su registro. La retención del 100% de IVA alcanza también a residentes en el extranjero que enajenen bienes en territorio nacional y a oferentes que cobren en cuentas fuera del país. Se amplía la obligación de informar al SAT sobre la totalidad de los clientes, aun cuando la plataforma no haya efectuado el cobro, y se aclara que el reconocimiento laboral de estos servicios no modifica su tratamiento fiscal.
Adicionalmente, en IVA incorpora la tasa del 0% en la enajenación de libros, periódicos y revistas —en sustitución de la deducción adicional del 8%— para quienes obtengan al menos el 90% de sus ingresos de esa actividad, y una opción de tasa del 7% sin acreditamiento para el l Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Se suma el pago mensual del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a cargo de comercializadores de gasolinas y diésel sobre la diferencia positiva entre litros enajenados y adquiridos.
La reforma a la Ley Federal de Derechos contempla la actualización de cuotas por servicios gubernamentales y el uso de bienes nacionales —con impactos relevantes en sectores como servicios financieros, telecomunicaciones, agua y actividades marítimas—, así como la incorporación de nuevos conceptos de cobro derivados de cambios regulatorios recientes. Los ajustes buscan recuperar el costo real de los servicios que presta la autoridad y corregir rezagos acumulados, por lo que en varios casos los incrementos superan la inflación.
A partir de este panorama general, a continuación, se desarrollan los principales elementos de la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y de los Criterios Generales de Política Económica (CGPE), con el propósito de facilitar una primera identificación de las medidas que podrían resultar relevantes para los contribuyentes.
Ley de Ingresos de la Federación
1. Ingresos estimados
La iniciativa estima ingresos presupuestarios totales por aproximadamente 10.64 billones de pesos, frente a 10.19 billones autorizados para 2026, lo que representa un crecimiento de 4.34%. El crecimiento previsto de los ingresos tributarios es superior al de los ingresos totales, como se muestra a continuación: