El 9 de junio de 2023, la presidencia de la República promulgó el decreto del Convenio 190 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo convocó una Conferencia General en Ginebra, el 10 de junio de 2019, para la realización del Convenio 190 que protege a todos los trabajadores y personas en el mundo del trabajo de los países que ratifiquen este convenio.
El Convenio reafirma el derecho de todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, a buscar su bienestar y desarrollo en condiciones de libertad, dignidad y seguridad económica. Asimismo, reconoce el derecho de toda persona a un entorno laboral libre de violencia y acoso, incluyendo la violencia y el acoso de género, y señala que estos son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente.
Asimismo, se reconoce el impacto perjudicial de la violencia y el acoso en la salud psicológica, física y sexual de las personas, en su dignidad, entorno familiar y social, y en la calidad de los servicios públicos y privados. Además, reconoce el impacto desproporcionado que tiene la violencia y el acoso de género en mujeres y niñas, y la necesidad de un enfoque inclusivo que tenga en cuenta las consideraciones de género y aborde las causas subyacentes y los factores de riesgo.
El convenio define las siguientes expresiones:
- Violencia y acoso. Conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.
- Violencia y acoso por razón de género. La violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.
Por otro lado, el acuerdo impone la instauración de sistemas para la restauración de daños y salvaguarda a todos los trabajadores, sin tener en cuenta su estatus contractual. En otras palabras, no se hace una distinción entre trabajadores de sectores público o privado, ni entre aquellos formal o informalmente empleados.
Del mismo modo, el Convenio no limita la violencia y el acoso laboral a los centros de trabajo de las empresas, sino fuera de ellos.
En el Convenio, los países miembros se comprometen a adoptar un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, así como respetar, promover y llevar a efecto los principios y derechos fundamentales en el trabajo, además de la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, así como fomentar el trabajo decente y seguro.
Por otra parte, los miembros deberán adoptar medidas para hacer un seguimiento y controlar la aplicación de la legislación nacional relativa a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, además de garantizar un fácil acceso a vías de recurso y reparación apropiadas y eficaces y a mecanismos y procedimientos de notificación y de solución de conflictos en los casos de violencia y acoso en el mundo del trabajo.
Con la entrada en vigor de este Convenio, los procedimientos para contratar nuevos empleados cambiarán, ya que no será requerida información que no sea necesaria para el puesto.
Este Convenio entró en vigor el 6 de julio de 2023.
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