Boletín de Tributación Internacional y Transacciones

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Novedades Tributarias

Pronunciamientos de la SUNAT

⦿ Informe N° 000064-2025-SUNAT/7T0000 (11 de junio de 2025)

De acuerdo con la Convención de Viena y el Reglamento sobre Inmunidades y Privilegios Diplomáticos, los ingresos obtenidos por una Misión Diplomática por la venta de bienes inmuebles de propiedad del Estado acreditante al que representa, registradas en el Ministerio de Relaciones Exteriores y que sirven exclusivamente de residencia oficial de sus agentes diplomáticos, se encuentran –en términos del citado reglamento– exonerados del pago del Impuesto a la Renta, en tanto dichos agentes diplomáticos sean jefes de la misión.

⦿ Informe N° 000075-2025-7T0000 (18 de junio de 2025)

De acuerdo con el inciso d) del artículo 10 de la Ley N° 32201, norma que aprueba el “Régimen excepcional del impuesto a la renta para promover la formalización de la economía y ampliación de la base tributaria de contribuyentes respecto de rentas no declaradas al 31 de diciembre de 2022”:

  • Las rentas gravadas con el impuesto a la renta, no declaradas y generadas hasta el ejercicio gravable 2022, que al 18.12.2024 se hubieran encontrado contenidas en una resolución de determinación debidamente notificada y respecto de la cual, a dicha fecha, el contribuyente no hubiera interpuesto una reclamación, pueden ser materia de acogimiento a este Régimen.
  • Las rentas gravadas con el impuesto a la renta, no declaradas y generadas hasta el ejercicio gravable 2022, que al 18.12.2024 se hubieran encontrado contenidas en una resolución de determinación respecto de la cual la SUNAT hubiera desestimado su reclamación y, a dicha fecha, el contribuyente no hubiera interpuesto apelación ante el Tribunal Fiscal pueden ser materia de acogimiento a este Régimen, siempre que al 18.12.2024 no haya vencido el plazo de seis (6) meses contados a partir del día siguiente en que se notificó la resolución que desestima la reclamación.

 

Pronunciamientos del Tribunal Fiscal

⦿ RTF N° 07174-11-2025 (8 de agosto del 2025)

Los dividendos distribuidos por la sucursal peruana de una empresa ecuatoriana hacia su principal (empresa residente en Ecuador), se encuentran gravados con el impuesto a la renta, dado que el Perú se encuentra autorizado por la Decisión 578 a gravar las rentas que se producen en su territorio, siendo que, en concordancia con ello, el país beneficiario con la distribución de los dividendos (Ecuador) no podrá gravarlos en cabeza de la sociedad receptora, cumpliéndose de esta forma el objetivo de evitar la doble tributación de unas mismas rentas. 

El Tribunal Fiscal desestimó el argumento de la sucursal, conforme a la cual al ser subordinada a su casa matriz y no tiene la facultad de decidir la distribución de sus utilidades. Según el Tribunal, si bien la sucursal carece de personería jurídica, prima la autonomía del derecho tributario y resulta aplicable la norma tributaria. 

El Tribunal Fiscal concluye que la norma interna peruana establece una ficción legal para sucursales de empresas no domiciliadas, según la cual las utilidades se entienden distribuidas en la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual, sin necesidad de acuerdo de distribución ni prueba de remesa efectiva. Asimismo, precisó que la Decisión 578 no contradice esta regulación, sino que la complementa para evitar doble tributación, permitiendo que Perú grave las rentas generadas en su territorio.

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Normas relevantes y proyectos de ley

Congreso de la Republica

⦿ Ley N° 32449 - Ley que crea el tratamiento especial tributario y aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas - ZEEP (26 de septiembre de 2025)

Se introduce un nuevo régimen fiscal especial para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), destinado a atraer inversión privada mediante incentivos tributarios progresivos por 25 años.

Establece una tasa reducida del Impuesto a la Renta que inicia con 0% los primeros cinco años, aumentando gradualmente a 7.5%, 10%, 12.5% y 15% en periodos de cinco años, reemplazando la tasa general del 29.5%. Los beneficiarios deben cumplir requisitos estrictos, como realizar al menos el 98% de sus actividades dentro de la zona, invertir un mínimo de 2,000 UIT en activos nuevos, mantener estados financieros auditados, registrar inversión inicial ante SUNAT, cumplir normas de precios de transferencia, así como otros requisitos.

Se permite además una depreciación acelerada de hasta 25% anual desde el sexto año. En materia de IGV e ISC, las operaciones entre usuarios dentro de la ZEEP no están gravadas, y los servicios desde el resto del país hacia la ZEEP califican como exportación de servicios, mientras que los prestados desde la ZEEP al exterior tampoco generan IGV. Asimismo, el régimen otorga estabilidad tributaria y aduanera, no pudiendo afectar cualquier cambio en la legislación a aquellos que se acogieron al tratamiento del régimen.

⦿ Ley N° 32460 - Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, a fin de ampliar el desarrollo del mecanismo de obras por impuestos (2 de octubre de 2025)

La norma bajo comentario modifica la Ley N° 29230, norma que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, con el objetivo de ampliar y modernizar el mecanismo de Obras por Impuestos.

Entre las principales modificaciones se encuentra la autorización a las entidades públicas del Gobierno Nacional para ejecutar proyectos de inversión; inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición; e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI).

Se mantiene el límite del 80%, que antes aplicaba únicamente a los pagos a cuenta y a la regularización del Impuesto a la Renta de tercera categoría, pero ahora se extiende este tope a otros tributos expresamente señalados por la Ley tales como:

  • Impuesto temporal a los activos netos (ITAN),
  • Impuesto a la renta del régimen especial (RER),
  • Impuesto a la renta régimen del MYPE tributario,
  • Impuesto especial a la minería (IEM),
  • mpuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo (IGV e ISC).

Asimismo, se señala que la aplicación de los CIPRL no se rige por un orden de prelación en el listado de impuestos habilitados.

Proyectos de Ley

⦿ Proyecto de Ley N° 12030/2025-CR

Propone establecer un marco normativo para fomentar el desarrollo de actividades secundarias en la industria del sector minero metálico en Perú, promoviendo la diversificación industrial.

Se establecen beneficios a los inversores, como estabilidad tributaria, libertad de remisión de utilidades y simplificación de procedimientos administrativos. Además, se prioriza el desarrollo de actividades secundarias en parques industriales y zonas económicas de desarrollo, fomentando la creación de clústeres mineros y la sostenibilidad ambiental.

⦿ Proyecto de Ley N° 12746/2025-CR (10 de octubre de 2025)

Propone crear la zona económica especial de cañete (ZEEC), en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, con la finalidad de impulsar el desarrollo económico, industrial, agroindustrial, logístico, tecnológico y turístico de la región.

La ZEEC gozaría del régimen tributario, aduanero y de comercio exterior especial que establece la ley que regula las Zonas Económicas Especiales y su reglamento. Los usuarios instalados en la ZEEC estarán exonerados del Impuesto a la Renta, IGV, ISC y de todo tributo del gobierno central, regional y municipal, con excepción de las aportaciones a ESSALUD y las tasas correspondientes, de forma progresiva conforme a la normativa de la materia.

Otras notas de interés

⦿ Una clave fiscal para el M&A peruano

El 27 de septiembre Edwin Sarmiento publicó el artículo “Una clave fiscal para el M&A peruano” en Semana Económica, abordando los pasos que debe seguir el mercado local para atraer al private equity para reducir la brecha existente con otros países respecto al uso de instrumentos modernos de gestión de riesgos.

⦿ Invest in Peru

El 30 de septiembre se llevó a cabo el evento “Invest in Peru” en los Emiratos Árabes Unidos organizado por la Embajada del Perú en dicho país, en el cual participaron como ponentes Fernando Tori y Edwin Sarmiento.

Eventos corporativos

⦿ Seminario sobre Energías Renovables

El 10 de julio se llevó a cabo el “Seminario sobre Energías Renovables” organizado por la Embajada del Perú en Japón, en el cual participaron como expositores Fernando Tori y Edwin Sarmiento sobre el tema “Situación actual de la economía peruana, sus proyecciones al 2026 y el status normativo referido a las inversiones en energías renovables".

⦿ Evento: Tax Industry Day - Energy

El 10 de agosto se llevó a cabo el evento “Tax Industry Day – Energy” organizado por EY, en el cual participó Edwin Sarmiento como ponente del tema “Acceso al financiamiento como rol clave para la promoción del sector”.

⦿ Webinar “Tributación Internacional y Política Fiscal: Aplicación Práctica del MLI en el mercado peruano”

El 16 de septiembre se llevó a cabo el evento “Tributación internacional y política fiscal: Aplicación práctica del MLI en el mercado peruano” organizado por EY, en el cual participaron como ponentes Fernando Tori, Roberto Cores, Edwin Sarmiento, Ramón Bueno-Tizón, Ingrid Zevallos y Nicolás Vásquez De La Gala, abordando los principales retos y oportunidades que trae la implementación del MLI en el mercado peruano.

⦿ Segundas Jornadas de Derecho Tributario Nacional e Internacional

El 26, 27 y 28 de septiembre se llevaron a cabo las “Segundas Jornadas de Derecho Tributario Nacional e Internacional” organizadas por la Escuela de Postgrado de la PUCP, en las que participó Edwin Sarmiento como ponente, abordando el siguiente tema: “Aplicación del MLI en el Perú: Interacción de regímenes vigentes antes y desde el 1.1.2026”.

⦿ Régimen Fiscal Agrario: alcances, oportunidades y perspectivas

El 14 de octubre se llevó a cabo el evento “Régimen Fiscal Agrario: alcances, oportunidades y perspectivas” organizado por EY, en el cual participó Nicolás Vásquez De La Gala como ponente de la sección de tributación internacional.





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