- Los límites máximos que deberán ser observados son los siguientes:
■ Por monto del Proyecto:
i. Proyectos personales: No podrán superar las 50 UIT y su plazo de financiamiento no podrá exceder los 3 años.
ii. Proyectos empresariales no podrán superar las 500 UIT.
■ Por monto recibido por el Receptor:
i. Receptor persona natural: 100 UIT.
ii. Receptor persona jurídica: 750 UIT.
■ Inversión por inversionista no institucional: El inversionista no institucional no deberá invertir más del 20% del monto total de un proyecto, así como no podrá invertir en los últimos 12 meses más del 20% de sus ingresos anuales o del total de su patrimonio, el que resulte mayor.
■ Por inversionistas institucionales: No se le aplican los límites antes señalados, pero no puede haber un único inversionista por proyecto.
- La Sociedad Administradora podrá establecer límites inferiores.