Certificación de Servicios de Asistencia

La normatividad vigente del Impuesto a la Renta ha establecido para el supuesto de servicios de Asistencia Técnica, entre otros requisitos, con la necesidad de contar con un informe expedido por una firma de auditoría de prestigio que, frente a la existencia de una erogación (gasto/costo) para una entidad local, y el consecuente ingreso -renta- para un sujeto no domiciliado, confirme su origen como consecuencia de la efectiva prestación de la Asistencia Técnica; accediéndose a una tasa de retención del Impuesto a la Renta de 15%.

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Qué puede hacer EY

  •  Evaluación previa del servicio para definir si califica como Asistencia Técnica conforme a lo dispuesto por la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Revisión y certificación de los gastos relacionados con servicios calificados como Asistencia Técnica.
  • Capacitación dirigida al personal de las compañías en los diversos sectores económicos, relacionada con la casuística y pronunciamientos de la Autoridad Tributaria.


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