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Proyecto normativo relevante para el manejo de hidrocarburos en puertos


El martes 06 de agosto 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de Resolución Directoral Normativa que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del plan de contingencia operacional” (los Lineamientos) y la “Estructura del plan de contingencia operacional” por un plazo de 30 días hábiles, es decir, hasta el 18 de setiembre, a fin de recibir las opiniones y recomendaciones utilizando los formatos adjuntos a la resolución, los cuales podrán ser enviados tanto de forma física a la sede principal de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas – DICAPI, en Jr. Constitución N° 150, Callao; o virtual, a su dirección electrónica.

La DICAPI, como Autoridad Marítima Nacional, estableció la necesidad de la actualización de la Resolución Directoral N° 0497-1998/DGC, que aprobó los lineamientos para la elaboración de los planes de contingencia en casos de derrame de hidrocarburos y otras sustancias contaminantes tras la identificación del incremento de la actividad de producción y manejo de hidrocarburos en nuestro país y la existencia de nuevos proyectos de inversión.


Aspecto


Autoridad


Palabras Clave


Nivel de Alerta 

Hidrocarburos

 

Dirección General de Capitanías y Guardacostas - DICAPI

  • Lineamientos
  • Planes de contingencia 
  • Derrames

Medio

Proyecto de Lineamientos

Los Lineamientos tienen como finalidad establecer los lineamientos para la elaboración de Planes de Contingencia Operacionales para casos de derrame de hidrocarburos o sustancias contaminantes en el mar, ríos, lagos navegables por parte de las personas responsables de la operación de las instalaciones acuáticas fijas y flotantes dedicadas al abastecimiento, comercialización u operaciones con hidrocarburos y derivados.

Tiene como objetivo guiar en la elaboración de un Plan de Contingencia Operacional que defina acciones de planificación, prevención, control, corrección, participación, mitigación, entre otras, durante las operaciones con hidrocarburos.

Algunos aspectos relevantes sobre el proyecto son los siguientes:

  • Las disposiciones de la guía son aplicables a: (i) instalaciones acuáticas fijas y flotantes autorizadas a la comercialización, almacenamiento u operación de hidrocarburos susceptibles a ocasionar contaminación ubicadas dentro de la jurisdicción de la DICAPI, y a (ii) las naves y artefactos navales menores a 400 de arqueo bruto que realicen operaciones con hidrocarburos u otras sustancias nocivas.

  • Los Lineamientos no resultan aplicables a: (i) las instalaciones acuáticas ubicadas dentro del Sistema Portuario Nacional, y (ii) los buques de guerra de la Marina de Guerra del Perú.

  • El armador o propietario de la instalación acuática deberá (i) efectuar la verificación del Plan de Contingencia Operacional (PCO), y realizar la actualización del proceso de actuación, medio o equipos de ser necesario, informando a la capitanía de puerto de su jurisdicción; y (ii) programar y ejecutar ejercicios de derrame de hidrocarburos.

  • Los Lineamientos establecen el procedimiento administrativo para la aprobación, evaluación y aprobación del PCO.

  • El PCO deberá ser elaborado y suscrito por un ingeniero ambiental, mecánico o naval, debidamente registrado y habilitado ante el Colegio de Ingenieros del Perú.

  • Se adjunta también la Estructura del PCO, la cual establece los capítulos y secciones que deberá contener.

El proyecto y sus anexos se pueden visualizar aquí
 

  • Resolución Directoral N° 346-2024 MGP/DICAPI: Aprueban Normas para la obtención de certificados previstos en el Código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque y la Prevención de la Contaminación y dictan diversas disposiciones.

  • Resolución Directoral N° 385-2024 MGP/DICAPI: Aprueban Lineamientos para la implantación de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional – OMI, de conformidad con el Código lII
     

  • Resolución Directoral N° 405-2024 MGP/DICAPI: Se publicó el Proyecto de los Lineamientos para efectuar operaciones seguras de transferencia de combustibles líquidos marinos para el consumo interno de los buques (alijos) entre una nave o artefacto naval de bandera nacional a otra nave de bandera nacional o extranjera.