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El 27 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la presente norma mediante la cual se actualizan los valores del Componente Logístico del Diesel BX destinado al uso vehicular por cada Planta de Abastecimiento y/o Terminal en donde se efectúe su Venta Primaria.
Aspecto
Autoridad
Palabras clave
Nivel de alerta
Hidrocarburos
OSINERGMIN
Venta primaria
Planta y/o terminal
Diésel
Medio
Se actualizaron los valores del Componente Logístico del Diésel BX destinado al uso vehicular que reconoce los costos de transporte, gastos de recepción, almacenamiento, despacho y otros relacionados con la comercialización de cada Planta de Abastecimiento y/o Terminal correspondiente a la siguiente tabla:
Planta y/o terminal
Componente Logístico (En Soles/Galón)
Talara
0,00
Piura
0,17
Eten
0,25
Salaverry
0,27
Chimbote
0,17
Supe
0,06
Cerro de Pasco
0,48
Pisco
0,22
Mollendo
0,49
Juliaca
0,79
Cuzco
0,77
Ilo
0,56
El Milagro
0,40
Tarapoto
0,58
Yurimaguas
1,03
Iquitos
0,66
Pulcallpa
0,62
Puerto Maldonado
2,06
Finalmente, es importante recordar que la presente resolución entró en vigencia el 31 de marzo de 2025.
La norma y sus anexos se pueden visualizar en el siguiente enlace.