Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) entre el Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

El 21 de noviembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo No. 051-2025-RE, mediante el cual el Poder Ejecutivo del Perú (Presidencia y Ministerio de Relaciones Exteriores) ratifica el Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) entre el Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

De acuerdo con la cláusula de entrada en vigor del CDI, este entrará en vigor 30 días después de la fecha de la última notificación diplomática y será aplicable al Impuesto a la Renta a partir del 1 de enero del año calendario siguiente.

En esa línea, para que el CDI Perú–Reino Unido entre en vigor y resulte aplicable en el Perú desde el 1 de enero de 2026, el intercambio de notas diplomáticas debería concretarse, como máximo, el 1 de diciembre de 2025.