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Cronograma general para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (en adelante, “ITF”) y para las Personas Naturales y Micro y Pequeñas empresas
El día de hoy, 31 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia No. 000304-2024/SUNAT (en adelante, la “Resolución”) mediante la cual se aprueba el cronograma general para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (en adelante, “ITF”) y para las Personas Naturales y Micro y Pequeñas empresas comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley No. 31940 correspondiente al Ejercicio Gravable 2024.
En ese sentido, a continuación, detallamos los principales aspectos establecidos en la Resolución:
Disposición de los formularios
El Formulario Virtual No. 709 - Renta Anual - Persona Natural estará disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 31 de marzo de 2025.
El Formulario Virtual No. 710: Renta Anual - Simplificado - Tercera Categoría y el Formulario Virtual No. 710: Renta Anual - Completo - Tercera Categoría e ITF estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 2 de enero de 2025.
Plazos para la presentación
Los Deudores Tributarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley No. 31940 que amplía el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y para el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Naturales y Micro y Pequeñas empresas, podrán presentar la Declaración y, de corresponder, efectuarán el pago de regularización del Impuesto a la Renta y del ITF correspondiente al ejercicio gravable 2024, conforme al siguiente cronograma:
Último dígito del RUC y otros
Fecha de vencimiento
0
26 de mayo de 2025
1
27 de mayo de 2025
2
28 de mayo de 2025
3
29 de mayo de 2025
4
30 de mayo de 2025
5
2 de junio de 2025
6
3 de junio de 2025
7
4 de junio de 2025
8
5 de junio de 2025
9
6 de junio de 2025
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC
9 de junio de 2025
Los Deudores Tributarios no comprendidos dentro de los alcances de la mencionada Ley, presentarán la Declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto a la Renta y del ITF correspondiente al ejercicio gravable 2024, conforme al siguiente cronograma:
Último dígito del RUC y otros
Fecha de vencimiento
0
26 de marzo de 2025
1
27 de marzo de 2025
2
28 de marzo de 2025
3
31 de marzo de 2025
4
1 de abril de 2025
5
2 de abril de 2025
6
3 de abril de 2025
7
4 de abril de 2025
8
5 de abril de 2025
9
6 de abril de 2025
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC
9 de abril de 2025
Debemos precisar que la Resolución entrará en vigencia el 1 de enero de 2025.
Finalmente, adjuntamos la Resolución para su revisión.