La Ley N.º 32542 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2028 las exoneraciones del IGV contenidas en los Apéndices I y II


El 31 de diciembre de 2025, se publicó en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, la Ley No. 32542 (en adelante, la “Ley”), que prorroga la vigencia de los apéndices I y II de la Ley del IGV e ISC.

En ese sentido, la Ley establece prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2028 las exoneraciones contenidas en los Apéndice I, que establece aquellas operaciones exoneradas del IGV, y Apéndice II, que establece los servicios exonerados del IGV, de la Ley del IGV e ISC.

Nótese que lo señalado en la Ley entró en vigor el 1 de enero de 2026.