ii) Hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo noviembre de 2026, en los siguientes supuestos:
1. Si no se encuentran obligadas a presentar todas las declaraciones juradas determinativas del Impuesto a la Renta por el ejercicio 2024 (Declaración Anual y declaraciones mensuales).
2. Si no se encuentran comprendidas en alguno de los tramos señalados anteriormente.
3. Si han obtenido su número de RUC hasta el 31.12.2024 y no han realizado la activación hasta dicha fecha.
4. Si se inscriben en el RUC u obtienen el número de RUC y lo activan, de ser necesaria la activación, desde el 01.01.2025 al 30.11.2026. No obstante, si la activación del número de RUC se realiza a partir del 01.12.2026, la declaración se presenta hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo en que activen su RUC.