El 26 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia No. 000293-2024/SUNAT (en adelante, la “Resolución”), que posterga la oportunidad desde la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras de manera electrónica (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (en adelante, “SIRE”), los sujetos obligados a ello a partir del período enero 2025.
En ese sentido, la Resolución posterga la oportunidad a partir de la cual, determinados sujetos obligados, deben llevar los registros electrónicos antes señalados a través del SIRE, del período enero 2025 al período julio de 2025.
Siendo ello así, a continuación, detallamos los principales alcances de la Resolución:
Los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, se encuentren obligados a llevar el RVIE y el RCE, no se encuentren designados como principales contribuyentes y no estén comprendidos en los supuestos previstos en los incisos a), b), c) y d) de la Resolución de Superintendencia No. 000112-2021/SUNAT, que aprobó el SIRE.
Se encuentren obligados a llevar los mencionados registros mediante el SIRE a partir del periodo de enero de 2025.
Los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, se encuentren obligados a llevar el RVIE y el RCE, sean principales contribuyentes y no estén comprendidos en los supuestos previstos en los incisos a), b), c) y d) de la Resolución de Superintendencia No. 000112-2021/SUNAT, que aprobó el SIRE.
Se encuentren obligados a llevar los mencionados registros mediante el SIRE a partir del periodo de julio de 2025.
Continuarán sujetos a la normativa que regula la obligación de llevar el RVIE y RCE a través del SLE - PLE o el SLE - Portal hasta el período junio de 2025, salvo que adquieran la obligación de llevar los mencionados registros mediante el SIRE, conforme a los supuestos establecidos en los incisos los incisos b), c), d), e) o f) del párrafo 3.1. del Artículo 3 de la Resolución la Resolución de Superintendencia No. 000112-2021/SUNAT, que aprobó el SIRE.
Cabe señalar que la Resolución entrará en vigencia el 27 de diciembre de 2024.
Finalmente, adjuntamos la Resolución para su revisión.