Pago de utilidades 2025: todo lo que necesitas saber

Entre los meses de marzo y mayo, el reparto de utilidades 2025 debe darse en el Perú. Las utilidades deben ser distribuidas por el empleador como máximo dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. 

Los trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de su compañía, y la omisión de dicho pago constituye una infracción grave, con sanciones de entre S/ 8,399.50 y S/ 139,742.00, según el número de trabajadores afectados.

¿Qué son las utilidades?

Las utilidades son un beneficio que permite a los trabajadores recibir una parte de las ganancias que la empresa obtiene una vez que se han pagado todos los gastos operativos, impuestos y otros costos asociados con la operación del negocio.

 

¿Qué empresas están obligadas a pagar utilidades y cuáles no?  

Las empresas obligadas a pagar utilidades este 2025 son aquellas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría (rentas de capital). Ello, siempre y cuando hayan tenido más de 20 trabajadores durante el ejercicio 2024, y exista renta imponible del ejercicio y no arrastren pérdidas de ejercicios anteriores que no hayan sido previamente compensadas. Si la empresa así lo considera, está facultada a repartir a sus trabajadores una participación adicional o voluntaria de estas utilidades, siempre y cuando haya cumplido con repartir las utilidades legales. 

No se encuentran obligadas a generar el pago de utilidades:  

  • Las empresas autogestionarias.
  • Las cooperativas y comunales.
  • Las empresas individuales.
  • Las sociedades civiles.
  • Las microempresas que se encuentren debidamente acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas.
  • Las empresas que no excedan los 20 trabajadores en planilla.

¿Quiénes son los beneficiarios del pago de utilidades 2025?

Todos los trabajadores, nacionales o extranjeros, incluyendo los que tienen contratos a plazo indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial o en teletrabajo, son beneficiarios del pago de utilidades. Ello, siempre y cuando se encuentren en planilla y sus empresas hayan generado utilidades. 

Los locadores de servicios o personas que emiten recibos por honorarios, al no ser trabajadores, no reciben utilidades. Lo mismo ocurre con los trabajadores del sector público, salvo los que laboran en empresas del Estado que aplican el régimen laboral de la actividad privada. En el caso de los trabajadores del régimen de construcción civil, las utilidades se pagan de forma semanal durante todo el año. 

 

¿Cómo se calcula el pago de utilidades en el Perú? 

 

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas se realiza en base a dos criterios: el 50% del monto se reparte en función al número de días real y efectivamente laborados durante el año; y el saldo restante se calcula según la remuneración percibida por el trabajador durante el año.

El límite máximo de pago de utilidades que un trabajador puede recibir es el equivalente a 18 remuneraciones mensuales.

 

¿Qué variables no se consideran para el cálculo del pago de utilidades? 

No se consideran para el cálculo de las utilidades aquellos días en los que el trabajador no haya laborado, así se haya generado el derecho al pago de la remuneración (ej. los días de vacaciones, los días de descanso semanal obligatorio, entre otros). La única excepción la constituyen los días de licencia sindical y los días de descanso pre y post – natal de la trabajadora. 

Respecto a la remuneración, no se consideran para el cálculo aquellos conceptos que perciba un trabajador pero que no califican como remuneración (ej.: gratificaciones extraordinarias a título de liberalidad, las utilidades percibidas en el ejercicio previo, el valor del transporte, las bonificaciones por educación, nacimiento, matrimonio, fallecimiento, el valor de las condiciones de trabajo, los bienes que entrega el empleador al trabajador de su propia producción, el valor de la canasta de navidad, entre otros).

¿Cuánto debe distribuir de utilidades cada empresa según su sector? 

El porcentaje referido de pago de utilidades, según cada sector, es el siguiente:

Empresas pesqueras

10%

Empresas agrarias

5% entre el 2021 al 2023; 7.5% entre el 2024 al 2026 y 10% a partir del 2027 en adelante.

Empresas de telecomunicaciones

10%

Empresas industriales

10%

Empresas mineras

8%

Resumen

Las utilidades deben ser distribuidas por el empleador dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Los trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de su compañía, y la omisión de dicho pago constituye una infracción grave con sanciones. Solo las empresas con más de 20 trabajadores y que generen rentas de tercera categoría están obligadas a pagar utilidades. Todos los trabajadores en planilla son beneficiarios, excepto locadores de servicios y trabajadores del sector público.

 

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