Nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2026 e incremento de multas de SUNAFIL

Ayer, en el Diario Oficial El Peruano, se publicó el Decreto Supremo No. 301-2025-EF, mediante el cual se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria durante el año 2026, el mismo que será de Cinco Mil Quinientos y 00/100 Soles (S/. 5,500.00).

Al respecto, entre las implicancias más importantes, tenemos:

a) Incremento para el cálculo de las multas, según el tipo de infracción. Por ejemplo, las multas impuestas por SUNAFIL a empresas no MYPE con más de 1000 trabajadores se incrementa de acuerdo con el siguiente detalle:

  • 2025 (UIT 5350)
    • Infracción leve: S/83,032.00
    • Infracción grave: S/139,742.00
    • Infracción muy grave: S/281,035.50
  • 2026 (UIT 5500)
    • Infracción leve: S/85,360.00
    • Infracción grave: S/143,660.00
    • Infracción muy grave: S/288,915.00

b) Incremento del costo de las tasas administrativas que corresponde a distintos procesos judiciales y otros trámites ante el Estado.

c) Variación del cálculo de la Unidad de Referencia Procesal (URP – 10% de la UIT)

d) Variación en el esquema de Remuneración Integral Anual (RIA). En ese sentido, el monto para establecer la RIA como mínimo es de S/11,000.00, equivalente a 2 UIT.

e) Para la constitución de una empresa de intermediación laboral, el capital social base es de S/ 247,500.00, equivalente a 45 UIT.

f) Los trabajadores que paguen rentas de cuarta y quinta categoría, conforme a la tasa progresiva acumulativa del artículo 53 de la Ley del Impuesto a la Renta, podrían pagar un menor impuesto al ampliarse las escalas en base a la UIT.

g) Se incrementa el tope máximo de gastos personales para solicitar devolución de IR del trabajo, correspondiente a cuarta y quinta categoría. En ese sentido, se aumenta a S/16,500.00, equivalente a 3UIT.

h) Se genera un impacto en las Mypes, en la cual se incrementa el tope de ventas anuales para que una empresa sea considerada como microempresa o pequeña empresa.